Procurador desconoce la existencia de documento elaborado por Procuraduría

El procurador general, Roberto Moreno Rodríguez, en un informe al Senado, desconoce la existencia de un dictamen de la Procuraduría del 12 de octubre de 2007, elaborado en el marco de un proceso de acuerdo entre Conatel y la firma Núcleo, que fue homologado por la justicia. Dice que dicho documento, que incluso fue agregado a un expediente judicial, no se encuentra en los archivos de la institución a su cargo.

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El 27 de julio pasado, por nota número 433, Moreno Rodríguez respondió un informe solicitado por el Senado a través de la nota 1656 del 30 de junio respecto a la intervención o no de la Procuraduría General, en el proceso de acuerdo extrajudicial entre Conatel y Núcleo.

En el documento remitido a la Cámara Alta, en su última parte, el procurador dice que no consta en los archivos ni registros de la institución una intervención de la Procuraduría en el caso.

Sin embargo, por dictamen número 386 del 12 de octubre de 2007, firmado por el entonces procurador general, Nelson Mora Rodas, la Procuraduría sí intervino en el acuerdo extrajudicial entre Conatel y Núcleo.

El entonces procurador Mora elevó su parecer con respecto al acuerdo, al entonces titular de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, Carmelo Ruggilo Castro. (Ver facsímil).

Llamativamente, Moreno Rodríguez desconoce la existencia de este documento, que no solo tendría que estar en los archivos de la Procuraduría General, sino también en los de Conatel y los del Poder Judicial, ya que incluso se agregó al expediente tramitado ante el Tribunal de Cuentas.

Antecedentes

Los antecedentes revelan que Núcleo fue adjudicada mediante licitación N° 7/97, con la licencia para la explotación del Sistema de Telefonía Móvil Celular (STMC), según la resolución número 278/97 de Conatel. Por la licencia, la firma abonó US$ 36.500.000.

La contienda judicial entre la operadora de la telefonía móvil y el ente regulador se originó en la aplicación por parte de Conatel del Decreto 10022/2000, por el cual se modificaron parcialmente varios artículos del Decreto 14135/96, reglamentario de la Ley 642/95 “De Telecomunicaciones”, que en su artículo 1°, que luego fue modificado, establecía que por el derecho a la licencia se abona por única vez por cada periodo de concesión, licencia o autorización...”.

Sobre estos antecedentes, el entonces procurador Mora elevó su parecer a Conatel y dijo que ya existía una opinión de la Corte Suprema favorable a Núcleo, que decía que se debía abonar una sola vez. En consecuencia, dictaminó por la viabilidad del acuerdo extrajudicial entre la Conatel y la firma adjudicada en la licitación.

“El Tribunal de Cuentas ya conoce el parecer del más alto tribunal de la República sobre la cuestión en litigio, por lo cual es muy probable que adscriba dicha posición en la sentencia”, resaltó Mora Rodas en una parte del dictamen que elevó al entonces titular de Conatel. Agregó que de no acordarse se “comprometería seriamente los intereses patrimoniales de Conatel, pues en este caso es muy probable que los licenciatarios que abonaron sus derechos de licencias en base a las disposiciones del Decreto N° 10022/2000 reclamen la devolución de los montos abonados indebidamente...”.

La existencia de este dictamen es lo que desconoce Moreno Rodríguez, en el informe que había remitido a la Cámara de Senadores.

Procurador no responde

Ayer, en reiteradas ocasiones intentamos tener la versión del procurador. Incluso un periodista de nuestro diario estuvo en la sede de la institución, en donde conversó con el funcionario Romeo Ortigoza. Este aseguró que Moreno Rodríguez no se encontraba en ese momento y dijo que informaría a su superior sobre la visita. Anotó los datos personales del periodista y también el número de celular del mismo.

Igualmente llamamos varias veces al procurador al celular 0981-402..., pero daba apagado. Alrededor de las 20:15, contactó con nosotros Ortigoza y dijo que la audiencia con el procurador se agendó para el lunes.

Eventuales reclamos

“Existen sentencias de la Corte que declaran la inconstitucionalidad del Decreto N° 10022/2000 y en consecuencia la inminencia de la decisión del Tribunal de Cuentas en dicho sentido. Esta posición tiene, asimismo, un fundamento económico, con ello se evitarían eventuales reclamos por parte de licenciatarios que abonaron derechos de renovación de licencias, que conforme al cálculo de Conatel oscila en alrededor de veintitrés mil millones de guaraníes, excluyendo la posible aplicación de intereses sobre dichos montos y los honorarios devengados en los juicios respectivos”, señaló el entonces procurador general Nelson Mora Rodas.

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