El proyecto de ley que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, que obliga a la presentación de declaración jurada de bienes a funcionarios estatales, tuvo sanción automática (ficta) a principios de abril de este año en el Senado. Sin embargo, esa cámara lo trató fuera de tiempo, lo rechazó y lo mandó al archivo. En tanto que la Cámara de Diputados reivindica que ese proyecto tuvo sanción automática y que se debería enviar al Ejecutivo para su promulgación y entrada en vigencia.
Varios senadores y diputados que asumieron sus funciones el pasado 30 de junio reconocen esa situación, pero hasta ahora no han hecho absolutamente nada para que la ley reglamentaria entre en vigencia.
En el proyecto se establecen penas y sanciones para funcionarios que no cumplen con la obligatoriedad de la Constitución Nacional de presentar su declaración jurada de bienes 15 días después de asumir sus funciones y 15 días después de dejar sus cargos. La falta de una ley reglamentaria permite a algunos diputados elegidos para este periodo constitucional no presentar su declaración jurada de bienes.
La semana pasada se completó la nómina de 45 senadores que cumplieron la exigencia constitucional. En tanto que, de los 80 diputados, tres aún no cumplieron con esa obligatoriedad. Ellos son: Gustavo Cardozo (PLRA), Concepción Quintana López (ANR) y Purificación Morel Alfonzo (ANR), según datos recabados en la Contraloría General de la República. El plazo de presentación venció el 19 de julio. Varios senadores y diputados presentaron después del plazo.
