Este término, hace referencia al ruido sonido excesivo y molesto provocado por numerosas actividades humanas que producen efectos negativos sobre la salud auditiva, física y mental de las personas de todas las edades. Las principales causas son: el transporte motor; bocinas de los vehículos, colectivos y camiones; los propios de la construcción, las fábricas; los que causan las máquinas; los que provienen de los locales nocturnos de reunión (discotecas); la música estridente de los espectáculos de artistas (Jockey Club); el de las reuniones sociales con equipos de sonido que se desarrollan en domicilios particulares, entre otros.
EFECTOS SOBRE LAS PERSONAS
Los sonidos muy fuertes y ruidos continuos, provocan malestares que van desde el desagrado y la incomodidad hasta daños en el sistema auditivo; aparición de estrés, aumento de la presión sanguínea; fatiga general, ansiedad, irritabilidad, agresividad, insomnio; una baja general en la calidad de vida y en el equilibrio emocional. En el trabajo, los trastornos anteriores pueden ser causa de distracciones, baja productividad, agresividad y de accidentes informáticos; en equipos y máquinas; e incluso de accidentes personales.
CONSECUENCIAS EN EL AMBIENTE Y BIODIVERSIDAD
Varios estudios corroboran que la polución sonora, afecta directamente el medio. Por ejemplo, se sabe que el ruido trastorna la comunicación entre animales de una misma especie. Distintos estudios confirmaron que, en lugares ruidosos, algunos pájaros cantan en frecuencias más altas, o que los murciélagos encuentran dificultades para hallar presas; también afectaría la orientación de las abejas. Y como las especies de plantas y animales en un determinado ambiente o ecosistema, interactúan entre sí, parece ser que también se afectan los ciclos de vida y reproducción de las plantas que estén ubicadas en el área de influencia geográfica donde ocurran los ruidos.
LEY N° 1.100/97:“DE PREVENCIÓN DELA POLUCIÓN SONORA”
Esta Ley considera ruidos y sonidos molestos a los que sobrepasen los niveles promedios definidos en la misma. El volumen sonoro se mide en decibelios (dB). A partir de los 100 dB, si el ruido o sonido es sostenido, comienzan a producirse efectos nocivos sobre nuestra salud. De acuerdo al Art. 1º: “Esta ley tiene por objeto prevenir la polución sonora en la vía pública, plazas, parques, paseos, salas de espectáculos, centros de reunión, clubes deportivos y sociales y en toda actividad pública y privada que produzca polución sonora. El Art. 2º. establece: “Queda prohibido en todo el territorio dela República, causar ruidos y sonidos molestos así como vibraciones cuando por razón de horario, lugar o intensidad afecten la tranquilidad, el reposo, la salud y los bienes materiales de la población.” No obstante, la realidad muestra que estos y otros artículos no se cumplen en absoluto.
CONCLUSIÓN
Es clave que la ciudadanía asuma su compromiso de control de la polución sonora; de responsabilidad y respeto hacia el prójimo. Una vez más, la educación y la conducta moral, demuestran su valor al momento de calificar el comportamiento de las personas de una determinada sociedad en su relación con las otras; con el cuidado de los recursos naturales y especies de plantas y animales. Hace falta una sociedad que sea más ecológica, que respete el entorno ambiental
(*) Especialista en Comunicación Rural
