El organismo considera que la vacunación es fundamental para el cumplimiento del programa nacional de erradicación de la fiebre aftosa y la prevención de esta enfermedad. La resolución Nº 573, suscrita por el titular interino de Senacsa, Arnaldo Bavera Knorr, dispone que habrá bloqueo informático de los establecimientos con stock de ganado de las categorías mencionadas en la resolución, a partir del 17 de abril hasta el registro de la vacunación de todos los propietarios de ganado existente en el país. Señala que las categorías de bovinos y bubalinos: vacas, vaquillas, toros, novillos y bueyes, podrán ser movilizadas durante el segundo periodo de vacunación para cualquier finalidad, excepto las categorías de terneros y desmamantes, machos y hembras. Estos solo podrán ser movilizados a partir de los 15 días posteriores a la fecha de finalización de la vacunación registrada en el sistema informático. Fuente: Senacsa
06 de abril de 2017 - 07:04
Segundo período de vacunación contra la fiebre aftosa
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