Vale la pena tener en cuenta que una República es un Estado en el que el poder supremo reside en el conjunto de los ciudadanos con derecho a voto y es ejercido por los delegados elegidos directa o indirectamente por ellos.
A lo largo del gobierno del Dr. José Gaspar Rodríguez de Francia (1813-1840) de la República del Paraguay, creado el 12 de octubre de 1813 por un congreso popular, el reconocimiento internacional de la independencia permanecía en estado dudoso. Pero, sin duda, el dictador hizo establecer la independencia de hecho; es decir, que los años que la República había gobernado a sí misma como una nación soberana y libre de todo poder extraño hizo de la independencia del Paraguay un hecho indisputable.
Sin embargo, la metrópoli colonial de Buenos Aires disputó que el Paraguay tenía el derecho de existir como nación independiente. Después de la muerte del karai guasu en 1840, los porteños intensificaron la agresión para subyugar el Paraguay y las otras provincias del Virreinato del Río de la Plata.
Como insistió la prensa porteña: “No negamos el hecho de la independencia, negamos sí el derecho”.
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Como insistió el Acta de Independencia de 1842: “La República del Paraguay es para siempre de hecho y de derecho una nación libre e independiente de todo poder extraño”.
Carlos Antonio López siempre rechazó la denegación del derecho del Paraguay de liberarse de la dominación colonial. Sin embargo, ante la amenaza porteña de su “proyecto de reconstruir el Virreinato”, comprendió que asegurar la vida de la República necesitaba establecer la independencia de derecho; es decir, el reconocimiento ante la comunidad de naciones que el Paraguay es un Estado soberano que ejercita su derecho legítimo a la independencia libre del poder extranjero.
Pero los nuevos dirigentes del Paraguay se enfrentaron a una complicación. La asamblea popular de 1813 declaró la independencia de sus amos coloniales y creó la República del Paraguay. Sin embargo, no formalizó aquella declaración con un documento escrito. Tal vez no se ha considerado necesario elaborar un Acta de la Independencia para la publicación, ya que el Congreso de mil votantes constituido avala la participación activa de uno de cada cincuenta hombres en el Paraguay.
En cualquier caso, como el artículo de El Semanario “Reconocimiento de la Nacionalidad del Paraguay” explica:
El Congreso general reunido en octubre de 1813 pronunció la independencia de la República y estableció el Gobierno consular, pero aquel pronunciamiento no se ha puesto en expediente interior ni exterior en la administración del Consulado ni de la Dictadura.
Por eso, el congreso de 1842 sancionó el Acta de Independencia de la República del Paraguay y ordenó al Gobierno recabar el reconocimiento de la independencia.
Al recibir la buena noticia del reconocimiento uruguayo del 26 de marzo de 1845, el presidente López publicó la correspondencia oficial en un número “Suplemento” de El Paraguayo Independiente. Al escribir al Uruguay el 15 de diciembre de 1844, López explicó la esperanza de la patria.
Colocado el Paraguay en la gran familia de las naciones procurará respetar el derecho de ellas, su seguridad, paz y prosperidad, y ligado a la República del Uruguay por origen y dulces simpatías hará además votos, para que se perpetúe también su independencia, y sea siempre feliz y gloriosa.
Pero antes de nada, don Carlos intentó clarificar la situación confusa relativa a la independencia paraguaya. Lo que hizo el Congreso de 1842, él explicó, “era declarar o, más bien, ratificar la independencia nacional ya proclamada en 1813... consignada en el acta de la copia adjunta...”.
El presidente de la República del Paraguay al Exmo. Gobierno de la República del Uruguay.
El 25 de noviembre de 1842 se ha reunido en esta capital un Congreso extraordinario de cuatrocientos diputados escogidos de entre los propietarios y principales ciudadanos con el fin de deliberar sobre asuntos vitales al bien y felicidad del Estado. Él juzgó, y con razón, que el primero y glorioso paso que debía dar era declarar o, más bien, ratificar la independencia nacional ya proclamada en 1813, mas que debía ser solemnizada por un modo auténtico, consignada en el acta de la copia adjunta, y llevada al conocimiento de los pueblos amigos. Él decretó igualmente el pabellón y los sellos de la República, como lo acredita la sanción, que también se agrega.
Este acto verdaderamente nacional fue aceptado y jurado en toda la República el día 25 de diciembre siguiente con la alegría y entusiasmo propio de un pueblo entero, que funda su patria y consagra a ella su existencia, honra y gloria, su nombre y sus destinos.
El presidente que suscribe mucho deseaba que fuese llevado desde luego al conocimiento de V.E. este acto importante de la emancipación política del Paraguay, pero circunstancias graves han demorado la comunicación, que hoy tiene el placer de verificar, solicitando al mismo tiempo el reconocimiento de la independencia de su patria por parte del Gobierno de V.E.
Colocado el Paraguay en la gran familia de las naciones procurará respetar el derecho de ellas, su seguridad, paz y prosperidad, y ligado a la República del Uruguay por origen y dulces simpatías hará además votos, para que se perpetúe también su independencia, y sea siempre feliz y gloriosa.
Dios guarde a V.E. muchos años.
Carlos Antonio López
Por fin, después de la derrota del general Rosas, con el Tratado del 17 de julio de 1852, la Confederación argentina reconoció “que la República del Paraguay está en el derecho de ejercer todas las grandes prerrogativas que son inherentes a su Independencia y soberanía nacional”.
Dentro de poco, como explica el artículo breve en El Semanario de 1856 “Reconocimiento de la Nacionalidad del Paraguay”, la independiente República del Paraguay se había asegurado su lugar legítimo entre la gran familia de las naciones.
Reconocimiento de la Nacionalidad del Paraguay
El Congreso general reunido en octubre de 1813 pronunció la independencia de la República, y estableció el Gobierno consular pero aquel pronunciamiento no se ha puesto en expediente interior ni exterior en la administración del Consulado ni de la Dictadura.
El congreso general extraordinario de noviembre de 1842 sancionó el acta de la Independencia Nacional, que llevamos reproducida, y ordenó al P. E. que comunique oficialmente esa solemne declaración a los Gobiernos circunvecinos.
En efecto el Gobierno de la República ha obtenido el reconocimiento de la Independencia Nacional, por el Imperio del Brasil, por la Confederación agrentina, por las Repúblicas de Bolivia, Chile, Perú, Venezuela, del Uruguay, y Nueva Granada.
También ha sido reconocida la República del Paraguay por los Estados Unidos de Norte América, por la Austria, Inglaterra, Francia, Cerdeña, Portugal, Noruega y Suecia, la Bélgica &. &.
“Reconocimiento de la Nacionalidad del Paraguay”, El Semanario, 24 de diciembre de 1856.
Debe señalarse que el acta promulgado por el Congreso de 1842 se llama “Acta de Independencia de la República del Paraguay” y no “Acta de la Independencia de la República del Paraguay”. Esto no es un error gramatical o tipográfico.
Tampoco es sorprendente que, a lo largo de los años, el nombre del Acta de Independencia de 1842 ha ocasionado a la vez confusión y errores. Aun el autor de “Reconocimiento” erróneamente habla de “...la acta de la Independencia Nacional, que llevamos reproducida...”.
No obstante, al hacer referencia al documento de El Semanario siempre empleaba el título correcto, como se nota en la portada del numero del 24 de diciembre de 1856. Por su puesto, El Paraguayo Independiente tampoco fallaba en identificar el documento correctamente, como se nota en la correspondencia del presidente López al Uruguay del 15 de diciembre de 1844.
El título de “Acta de Independencia” de 1842 expresa precisamente lo que los autores querían decir. No es un acta que declara la independencia nacional, sino más bien es un decreto que afirma de nuevo la independencia paraguaya, ya proclamada el 12 de octubre de 1813.
* * * * * * * * *
La campaña de falsificar la historia llevada a cabo por los legionarios y sus descendientes intellectuales ha tenido un gran éxito en engañando al pueblo paraguayo. Pero claro, no siempre fue así. Y no tiene por qué ser
así.
Ahora los documentos históricos que se encuentran en colecciones de todo el mundo se pueden fácilmente acceder, duplicar y publicados. Hoy, unos pocos legionarios no monopolizan el registro del país, ya no manejan el conocimiento que es de todos.
Hace dos años que el conjunto de artículos aparecidos en ABC Color señaló que la tradición y la historia del Paraguay –antes de caer víctima de falsas representaciones ideológicas– reconocieron el 12 de octubre de 1813 como Día de la Independencia. El Consejo Asesor de la Comisión Nacional del Bicentenario respondió en los periódicos principales con una denuncia indignada.
Con la voz de la autoridad, se aconseja al público que “...es recomendable leer los documentos...[y]...los periódicos de la época... Esos textos demuestran que los López jamás festejaron el 12 de octubre como día de la independencia”. (Adjunto Consejo 18 0ct. 2011).
Al leer estos documentos y periódicos lo que demuestran es que, en la República fundada por Francia, el Paraguay desarrollado por los López, todo el mundo sabía los hechos básicos de la independencia.
Hoy, por fin, como en el Paraguay antes del gran engaño, todo lo que tiene que hacer es recoger un periódico en el día del 12 de octubre a darse cuenta que
Este es el aniversario que hoy solemnizamos. Esto es lo que nos ha dicho hoy por la mañana el estampido del cañón; lo que nos han recordado los tres colores que tremolan en las astas; el continuado vuelo de las campanas; el culto religioso celebrando en el tabernáculo de la fe cristiana, las felicitaciones y cumplidos de costumbre; lo que han de decirnos las bandas de músicas militares que recorrerán esta noche las calles de la capital, la iluminación general y el regocijo natural de nuestros conciudadanos.
Loor a la independencia del Paraguay.
Aniversario.
DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL DEL PARAGUAY
Hoy hace cuarenta y nueve años que el Paraguay efectuó solemnemente el pronunciamiento de su independencia y el primer nombramiento del Gobierno Consular de la República. Hace cuarenta y nueve años, que un Congreso memorable, entre otras importantes deliberaciones, sustituyó la junta administrativa que tenía por el gobierno de dos cónsules a los que confirió altos poderes, el tratamiento de excelencia, la graduación y honores de brigadieres, determinando las distinciones que debían usar.
Hace cuarenta y nueve años que el Paraguay mudó su título de provincia por el de República; que adoptó sus armas y colores nacionales.
Este Congreso memorable recomendó a dichos cónsules la seguridad y defensa de la República con la vigilancia y actividad que exigían las circunstancias, para lo cual les dio toda la autoridad militar; se decretaran la precisas providencias para el caso de que falleciese alguno de los cónsules; se determinó que el Congreso Nacional continuase componiéndose siempre del número de mil votantes y que se reuniese periódicamente como representación de pueblo libre y soberano.
Este es el aniversario que hoy solemnizamos. Esto es lo que nos ha dicho hoy por la mañana el estampido del cañón; lo que nos han recordado los tres colores que tremolan en las astas; el continuado vuelo de las campanas; el culto religioso celebrando en el tabernáculo de la fe cristiana, las felicitaciones, y cumplidos de costumbre; lo que han de decirnos las bandas de músicas militares que recorrerán esta noche las calles de la capital, la iluminación general y el regocijo natural de nuestros conciudadanos.
Loor a la independencia del Paraguay.
Aclaración del año de “Aniversario”
Parece que el autor de “Aniversario” cometió el error común de confundir el año 49 de la independencia de la República con el aniversario 48 de la independencia nacional. Tal como hoy hace doscientos años, debería haber dicho: “Hoy hace cuarenta y ocho años que...”.
Durante la lucha por la independencia del siglo XIX, los gobiernos habitualmente colocan el año de la independencia nacional en los documentos oficiales. De hecho, durante un período de extremo peligro, don Carlos hizo de su uso obligatorio.
Posiblemente algunos recordarán que hace dos años que ABC Color publicó el decreto presidencial que ordenó: “En las comunicaciones oficiales se expresan los años de independencia que cuenta la República, diciendo v.g. - Asunción 7 de octubre de 1848, año 35 de la Independencia nacional”. *
Tal vez, debido al deseo de las personas de aparecer más jóvenes, se expresa la edad de manera que minimiza los años. Los aniversarios o cumpleaños expresan los años cumplidos de la vida; es decir, los años que tiene su existencia.
La inversa, quizás debido al deseo de las naciones de aparecer mayor y más sustancial, expresa su edad de manera que maximiza los años.
Los años de la independencia expresan el año en curso en que se vive la nación; es decir, el año corriente de su existencia.
Por eso, se expresan los años de independencia que cuenta la República así: “El 12 de octubre de 1861, año 49 de la independencia nacional”.
Por lo tanto, se cuenta el año 1 de la independencia desde el día en que la República del Paraguay llegó a existir, el 12 de octubre de 1813, hasta el 11 de octubre de 1814. El día siguiente, el 12 de octubre de 1814, al completar un año entero de la existencia es su primero aniversario, y el primero día del año 2 de la independencia.
En la misma manera:
Año 2 de la Independencia = 12 oct 1814 ------------------ 11 oct 1815
Año 3 de la Independencia = 12 oct 1815 ------------------ 11 oct 1816
Año 4 de la Independencia = 12 oct 1816 ------------------ 11 oct 1817
Año 5 de la Independencia = 12 oct 1817 ------------------ 11 oct 1818
Año 6 de la Independencia = 12 oct 1818 ------------------ 11 oct 1819
Año 7 de la Independencia = 12 oct 1819 --------- -------- 11 oct 1820
Año 8 de la Independencia = 12 oct 1820 ------------------ 11 oct 1821
Año 9 de la Independencia = 12 oct 1821 ------------------ 11 oct 1822
Año 10 de la Independencia = 12 oct 1822 ------------------ 11 oct 1823
El décimo aniversario - 12 oct 1823
Año 20 de la Independencia = 12 oct 1832 ------------------ 11 oct 1833
El vigésimo aniversario - 12 oct 1833
Año 30 de la Independencia = 12 oct 1842 ------------------ 11 oct 1843
El trigésimo aniversario - 12 oct 1843
Año 40 de la Independencia = 12 oct 1852 ------------------ 11 oct 1853
El cuadragésimo aniversario - 12 oct 1853
Año 41 de la Independencia = 12 oct 1853 ------------------ 11 oct 1854
Año 42 de la Independencia = 12 oct 1854 ------------------ 11 oct 1855
Año 43 de la Independencia = 12 oct 1855 ------------------ 11 oct 1856
Año 44 de la Independencia = 12 oct 1856 ------------------ 11 oct 1857
Año 45 de la Independencia = 12 oct 1857 ------------------ 11 oct 1858
Año 46 de la Independencia = 12 oct 1858 ------------------ 11 oct 1859
Año 47 de la Independencia = 12 oct 1859 ------------------ 11 oct 1860
Año 48 de la Independencia = 12 oct 1860 ------------------ 11 oct 1861
Año 49 de la Independencia = 12 oct 1861 ------------------ 11 oct 1862
Año 50 de la Independencia = 12 oct 1862 ------------------ 11 oct 1863
Quincuagésimo de la República -12 oct 1863
El Centenario de la República - 12 oct 1913
El Bicentenario de la República -12 oct 2013
* Decreto del 7 de octubre de 1848, Colección José Doroteo Bareiro, Sección Presidente Carlos Antonio López, Volumen 5, p. 1502. (Adjunto Decreto 7 oct 1848).
,
el 12 de octubre de 2013.
