La fórmula, crear nueva empresa en Brasil, un agente autorizado

En esta cuarta entrega vamos a abordar un tema bastante complejo que, esto porque es muy particular de cada país, se relaciona con la importación de energía por parte del Brasil o también, podemos decir, por la importación de energía a este país por una empresa paraguaya aquí instalada y autorizada.

Central hidroeléctrica paraguayo/brasileña Itaipú.
Central hidroeléctrica paraguayo/brasileña Itaipú.gentileza

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Es importante iniciar por lo básico, Brasil tiene interconexión eléctrica con Argentina, Uruguay y Paraguay y puede, a través de estos países, importar y exportar energía. Según el ONS (Operador Nacional del Sistema Eléctrico), los intercambios ocurren cuando hay “sobras de energía y recursos de generación en un país y una necesidad en otro, o para atender emergencias”. Un factor que explica la necesidad de importaciones, por un lado, es el excedente de generación en los países vecinos y, por el otro, el aumento del precio de la energía producida en Brasil debido al bajo nivel de los reservorios de las centrales hidroeléctricas, lo que refleja la falta de lluvia.

Cuando esto último sucede, la alternativa para el Gobierno brasileño es la activación de plantas termoeléctricas, plantas que generan electricidad mediante la quema de combustibles, como el petróleo y el gas. La medida permite ahorrar agua en los embalses de las centrales hidroeléctricas, así como su recuperación, pero hace que el costo de la producción de energía sea más caro, hecho que afecta el bolsillo de los consumidores, que deben pagar tarifarias más altas. La importación de energía por parte de Brasil ya evitó la generación con plantas térmicas muy caras.

La importación brasileña desde la Argentina se puede realizar a través de las estaciones convertidoras de frecuencia de Garabi I y II, con capacidad de hasta 2.200 MW de potencia y energía eléctrica asociada, y a través del convertidor de frecuencia de Uruguayana, de hasta 50 MW de potencia y la respectiva energía eléctrica asociada.

La importación desde la República Oriental del Uruguay se puede realizar a través de la estación de la convertidora de frecuencia de Rivera, hasta 70 MW de potencia y energía eléctrica, y desde el convertidor de frecuencia de Melo, de hasta 500 MW de potencia y energía eléctrica asociada.

La importación desde el Paraguay se puede realizar, principalmente, a través de la estación convertidora de Electrobras de Foz de Iguazú con capacidad de 6300 MW, capaz de transportar toda la potencia y energía eléctrica asociada en 50 Hz. desde Itaipú. Además de otra pequeña estación convertidora, la de Acaray, de 50 MW. Conviene resaltar que casi toda la energía que importan de Paraguay, en realidad corresponde a la energía no utilizada y cedida, de acuerdo con el Tratado vigente de Itaipú.

Luego de esta introducción básica, vamos a lo que nos atañe. Para importar energía eléctrica del Paraguay y venderla en el Mercado Libre brasileño (suponemos que es será el objetivo futuro), se debe constituir una nueva empresa en el Brasil y convertirse en un agente autorizado para el efecto, que deberá cumplir las reglas y procedimientos exigidos para su instalación en el país como filial, agente o parte de una empresa extranjera.

A continuación, se resumen los principales pasos y procedimientos que deben llevarse a cabo para constituir una nueva empresa comercializadora de electricidad en el mercado energético brasileño:

a) Junta Comercial del Estado: organismo estatal donde deben registrarse y archivarse los documentos que constituyen las entidades/sociedades jurídicas y sus respectivas enmiendas, como los contratos y estatutos sociales.

b) Ministerio de Hacienda: Agencia del Gobierno Federal donde se lleva a cabo el registro de la Entidad Legal, que emitirá el Número de Registro de la Entidad Legal Nacional (CNPJ) necesario para convertirse en agente de la CCEE y llevar a cabo la comercialización de electricidad dentro de Brasil.

c) Secretaría de Finanzas del Estado: Agencia del Gobierno del Estado donde la entidad legal está registrada para que pueda obtener el número de Registro del Estado, necesario para la emisión de facturas para la compra y venta de energía.

d) Agencia Nacional de Energía Eléctrica: dentro de sus atribuciones, la ANEEL debe autorizar la compra y venta de energía eléctrica en el mercado libre, publicando el respectivo acto normativo.

e) Cámara de Comercio de Energía Eléctrica (CCEE): la entidad legal que está interesada en llevar a cabo las operaciones de compra y venta en el mercado libre debe ser un agente de la CCEE. Para ser un agente de la CCEE, la empresa debe constituirse regularmente, presentar sus estatutos, registrarse en el Ministerio de Finanzas y en el Departamento de Finanzas, así como obtener la autorización de la ANEEL para comprar y vender electricidad, como citado anteriormente.

Nuestra principal duda hasta aquí es dónde Paraguay va a vender su energía. Ante esa duda puntualizamos lo siguiente: a) En el mercado brasileño se realizan transacciones de energía eléctrica e Itaipú vende potencia a las entidades compradoras. b) La única empresa autorizada a comercializar energía proveniente de la UHE Itaipú en el mercado brasileño hoy es la Electrobras. La inclusión de otra entidad autorizada plantearía la modificación de leyes y decretos reglamentarios vigentes en el Brasil. c) Toda la energía proveniente de la UHE Itaipú está destinada al Mercado Regulado, y comparte los riesgos hidrológicos con las demás usinas hidroeléctricas a través de un mecanismo llamado MRE.

En caso de querer comercializar la energía paraguaya de Itaipú en un ambiente diferente deberían modificarse reglamentaciones internas vigentes.

Veamos entonces en forma resumida los requerimientos para la comercialización de energía eléctrica en el Mercado Libre del Brasil: la resolución normativa Nº 678, del 1 de setiembre de 2015 establece requisitos y procedimientos atinentes a la obtención y conservación de la autorización para comercializar energía eléctrica en el SEB. Las disposiciones de esta resolución deben ser observadas por los agentes comercializadores que posean también autorización específica para importar o exportar energía eléctrica, no es aplicable a los agentes de generación.

La actividad de comercialización de energía eléctrica comprende la compra y la venta de energía eléctrica en el SINB (Sistema Interconecta Nacional, Brasil), de acuerdo con las normas vigentes. La comercialización de energía eléctrica podrá ser ejercida solo después de que se obtenga la autorización de la ANEEL y la subsecuente adhesión a la CCEE, en los términos de las normas vigentes.

La Autorización de la ANEEL para comercializar energía eléctrica se establece en la Resolución Normativa Nº 678, que en su Art. 3° dice: “La actividad de comercialización de energía eléctrica solamente podrá ser ejercida después de la obtención de la autorización de la ANEEL y la subsecuente adhesión a la Cámara de Comercialización de Energía Eléctrica - CCEE, en los términos de las normas vigentes”.

La Adhesión a la CCEE se realiza una vez que se haya completado los procedimientos exigidos ante los organismos federales, estatales y municipales, la nueva compañía creada para vender electricidad en el Mercado Libre de Brasil e importar electricidad desde Paraguay debe solicitar la membresía en la Cámara de Comercio de Electricidad (CCEE), enviando los términos de adhesión y los términos de adhesión a la Convención Arbitral a la que se someten los conflictos y convertirse así en un agente habilitado de la CCEE.

En cuanto a los contratos de acceso y uso da rede básica del SIN se deberá articular con el ONS, así como la definición del punto o puntos de conexión para la importación de la energía eléctrica del Paraguay.

Después de que la ANEEL autorice a la nueva empresa comercializadora, instalada oficialmente en el Brasil, a vender electricidad en el Mercado Libre, también será necesario solicitar la autorización de la ANEEL para importar electricidad desde el Paraguay.

El Ministerio de Minas y Energía (MME) es responsable de emitir los documentos de autorización necesarios para que la importación y exportación de energía eléctrica sea viable, de conformidad con el § 2, Art. 21°, del decreto N° 7.246, del 28 de julio de 2010.

Hasta aquí esta cuarta entrega, falta aún para poder decir que se tiene una buena idea del sistema eléctrico brasileño, los detalles son muchísimos que resulta imposible citar todo. Antes de finalizar esta serie, justificamos por qué se menciona en el inicio importaciones de Argentina y Uruguay, creemos que la visión global de una empresa paraguaya, autorizada a importar desde Itaipú, también debe tener en su óptica exportar a estos otros mercados desde que las condiciones sean favorables.

¿Cómo?

Para importar del Paraguay y vender en el mercado libre brasileño debe crearse una nueva empresa en Brasil, un agente autorizado para el efecto.

Itaipú

Toda la energía proveniente de la UHE Itaipú está destinada al Mercado Regulado, y comparte los riesgos hidrológicos con las demás usinas hidroeléctricas.

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