Asociaciones de Cooperación Escolar

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Esta semana profundizaremos en el mundo de las ACE, conoceremos sus derechos y obligaciones.

• Integrar el Equipo de Gestión Institucional (EGI) u otro tipo de organización existente a nivel institucional, y con otras instancias a nivel local, departamental y nacional.

• Promover, participar y cooperar en la elaboración, ejecución y evaluación del proyecto educativo institucional (PEI).

• Elaborar su Reglamento Interno conforme a lo establecido en la presente Resolución.

• Elegir sus autoridades.

• Promover espacios de análisis y formación de sus miembros en el área educativa y organizativa con el fin de responder con mayor efectividad a los requerimientos educativos de la institución.

• Solicitar a la autoridad pertinente medios alternativos de solución de los conflictos suscitados en el seno de la comunidad educativa.

• Organizar actividades y eventos para el financiamiento de las necesidades educativas de la institución, conforme a la presente Resolución.

• Integrar la comisión de selección del personal docente institucional.

• Disponer de la información acerca de la utilización de los recursos propios provenientes del MEC.

• Disponer de la información de la evaluación del proceso educativo en todos sus componentes.

Obligaciones

• Cooperar con el funcionamiento armónico de la institución, teniendo en cuenta los principios de participación, colaboración, comportamiento democrático, respeto, equidad y transparencia.

• Apoyar la prestación continua e ininterrumpida de las actividades educativas de la institución, teniendo en cuenta el interés superior del niño, la niña y el/la adolescente.

• Colaborar con el Equipo de Gestión Institucional en la búsqueda de estrategias pedagógicas para la obtención de logros académicos satisfactorios.

• Contribuir al mejoramiento de los niveles de rendimiento académico de los/as alumnos/as conforme a los avances del proceso y de los resultados de las evaluaciones.

• Integrar en lo posible con igual número de mujeres y hombres la Comisión Directiva.

• Participar de las acciones destinadas a generar espacios de diálogo y reflexión permanente sobre la marcha de la institución y las funciones, derechos, obligaciones y responsabilidades de los miembros de la comunidad educativa.

• Concurrir a los llamados o requerimientos de la autoridad pertinente para la solución de los conflictos suscitados en la comunidad educativa como medio alternativo a la solución de los mismos.

• Cumplir con las normas básicas de convivencia entre los/as miembros/as de la comunidad educativa.

• Gestionar su reconocimiento ante el Ministerio de Educación y Cultura conforme a las normas y procedimientos establecidos por esta Resolución.

• Rendir cuentas de sus acciones como miembro de la Comunidad Educativa y de los fondos recaudados conforme a la Ley 1535/99 (De la administración financiera del Estado) y la presente resolución.

• Mantener un archivo de la vida institucional de la ACE, por un tiempo no menor de cinco (5) años.

• Acatar las normas y directivas emanadas del MEC.

• Constituir domicilio conforme a los requisitos establecidos en esta Resolución.

• Solicitar la aprobación de los proyectos edilicios, ante el departamento respectivo del Ministerio de Educación y Cultura, previa a la ejecución.

• Cumplir el rol protector, en los casos de maltrato en general, y en particular hacia niñas, niños, y adolescentes, denunciando los hechos ante las instancias correspondientes y siendo contralores constantes en la intervención de las instituciones correspondientes.