Licencia de conducir para extranjeros

Las licencias de conducir no solo son otorgadas a los paraguayos, también los extranjeros pueden adquirirlas para que los habilite a desplazarse con un vehículo por las calles de la capital o el interior del país.

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Según la Ley n.° 5016 «Nacional de tránsito y seguridad vial», la licencia de conducir expedida en el extranjero será válida dentro del territorio nacional por un tiempo no mayor de tres meses, contados a partir de la entrada al país. Esta deberá estar al día y habilitará para conducir automóviles de la categoría autorizada, conforme consta en la licencia respectiva y, en caso de no contar con dicha especificación, se entenderá que le corresponde la categoría de licencia particular.

En el caso de funcionarios diplomáticos y consulares debidamente acreditados, y de otras organizaciones internacionales, la vigencia se extenderá al tiempo que duren sus funciones oficiales, extendiéndose la presente excepción a los miembros de su familia, conforme a los convenios y tratados internacionales.

El Reglamento General de Tránsito de la Municipalidad de Asunción, menciona en su artículo 20 que la licencia de conductor para extranjero con radicación temporal habilita a su titular a conducir vehículo de uso personal, cuya capacidad de carga no excederá los dos mil kilos (2000 kg). Para la obtención de esta categoría se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a. Haber cumplido 18 años de edad.

b. Acompañar a la solicitud el registro de conductor del país de origen, pasaporte expedido por autoridades competentes de su país, con visa de entrada en territorio paraguayo, o el carnet de inmigrante que lo acredite como tal.

c. Los que carecen de licencia deberán, además, cumplir con lo establecido en el artículo 12, incisos c y d de dicho reglamento; es decir, demostrar aptitud física y mental para conducir mediante examen médico y psicotécnico practicado por médicos debidamente registrados ante la autoridad competente para este efecto, de conformidad con la reglamentación que establezca la Intendencia Municipal, y demostrar ante la autoridad de tránsito competente aptitud para conducir el vehículo respectivo, mediante examen práctico.

Actividades

1. Comenta el contenido de la Ley n.° 5016 «Nacional de tránsito y seguridad vial», respecto a la licencia de conducir expedida en el extranjero.

2. Comenta sobre los requisitos dispuestos en el artículo 20, del Reglamento General de Tránsito de la Municipalidad de Asunción.

Fuentes:

Municipalidad de Asunción, C. 2010. Reglamento General de Tránsito. Disponible en http://bit.ly/29Imrm5

Poder Legislativo. 2013. Ley n.º 5016 Nacional de Tránsito y Seguridad vial. Disponible en http://bit.ly/2aGZnpy

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