Obligación tributaria (4)

Este artículo tiene 11 años de antigüedad

Los tributos son los pagos de impuestos, tasas y contribuciones especiales en dinero que los contribuyentes están obligados a pagar al Estado. Gracias a estos pagos, el Estado obtiene recursos para el cumplimiento de sus fines.

INFRACCIONES FISCALES

Cuando un contribuyente no cumple con sus obligaciones tributarias, incurre en el delito o infracción fiscal.

INFRACCIÓN FISCAL

Falta de cumplimiento de la obligación tributaria o cualquier maniobra de un contribuyente para disminuir o eludir sus impuestos.

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Las leyes que sancionan estos casos son las 125/91y 2421/04.

CONTRAVENCIÓN

Infracción leve que no causa un perjuicio económico directo al Estado. Se da por incumplimiento de las disposiciones (leyes, decretos, resoluciones). Por ejemplo, no comunicar cambio de domicilio en tiempo y forma, entre otros. Sanción: multa.

MORA

Sanción por no pagar en fecha establecida un impuesto. Por ejemplo, si el impuesto vence el 10 de cada mes y se paga el 12. Sanción: multa de acuerdo con el tiempo de retraso. Se debe pagar un interés por cada día de retraso.

DEFRAUDACIÓN

Cualquier acción u omisión realizada para pagar menos impuestos y causar algún perjuicio al fisco.

Sanción: multa de 1 a 3 veces del impuesto defraudado.

OMISIÓN DE PAGO

Es algún perjuicio en contra del fisco, pero sin intención de evadir el impuesto.

Sanción: multa de hasta el 50 % del impuesto dejado de pagar.

RESPONSABILIDAD PENAL

Se da en los siguientes casos:

-Evasión de impuestos (art. 261 Código Penal).

-Producción de documentos no auténticos.

-Utilización o producción de facturas falsas (art. 246 C. Penal).

-Violación del deber de llevar libros de Comercio (art. 181 C. Penal).

Se puede iniciar un proceso penal. El juez dicta la sentencia correspondiente.

DECLARACIÓN JURADA

Manifestación hecha bajo juramento y generalmente por escrito; ante las autoridades administrativas o judiciales.

EJERCICIO FISCAL

Periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.

EJERCICIO DE INFRACCIONES FISCALES

Mora sobre el impuesto liquidado

4 % si no supera un mes de atraso; 6 % por 2 meses; 8 %, por 3 meses; 10 % por 4 meses;

12 % por 5 meses.

14 % en adelante: interés sobre el impuesto liquidado: 0.05 % por día; 1.5 % por mes.

Contravención: G. 50 000 (monto fijo).

. Actividades

1. Contesta.

a. ¿Qué son las infracciones fiscales?

b. ¿En qué consisten la defraudación, mora y contravención?

c. ¿Qué es la responsabilidad penal?

2. Establece la diferencia entre omisión de pago y defraudación.

3. Define declaración jurada.

Fuente

Rodríguez Carrillo, Silvia M. (2011). Formación ética y ciudadana. 9.º grado. Asunción: Vazpi SRL.