Lo que iba a ser una visita de menos de una semana, se convirtió en una novela policial- judicial que a juzgar por las declaraciones de los fiscales del caso, está lejos de terminar.
La primera persona en ser detenida fue Wilmondes Sousa Lira, empresario sindicado por los hermanos Ronaldo y Roberto de Assis Moreira como la persona que les entregó las cédulas falsas y pasaportes adulterados. También se procesó a María Isabel Gayoso y Esperanza Apolonia Caballero Coronel, a nombre de quienes fueron tramitados los pasaportes posteriormente adulterados a nombre del exjugador y su hermano.
En principio, los fiscales Alicia Sapriza y Federico Delfino accedieron a desvincular de la causa a los hermanos brasileños, por la vía del criterio de oportunidad, con la única condición de que se realizara una donación a modo de reparación del daño social. Esta decisión estuvo basada en la convicción de que ambos actuaron de buena fe y no tenían conocimiento de la situación irregular de la documentación.
El requerimiento fiscal fue descartado por el juez Mirko Valinotti, por falta de fundamentación adecuada. A partir del trámite de oposición otorgado por el magistrado, el fiscal adjunto Jorge Sosa rectificó el requerimiento y dio nuevo impulso a la investigación fiscal, a la que se sumaron los fiscales Osmar Legal y Marcelo Pecci.
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La Fiscalía detectó a una serie de personas involucradas y hasta el viernes, sumaban 16 personas procesadas por el caso. La mayoría de los involucrados sindican a la empresaria Dalia López, presidenta de la Fundación Fraternidad Angelical, como la responsable de las gestiones para la obtención de los documentos que resultaron ser irregulares.
La defensa solicitó libertad y también arresto domiciliario, para lo cual ofreció en fianza un inmueble valuado en unos 800.000 dólares pero en una semana la justicia denegó en tres ocasiones, con el argumento de que existe peligro de fuga.
La primera negativa partió de la jueza Clara Ruiz Díaz, el sábado 7 de marzo. El martes siguiente, el juez Gustavo Amarilla ratificó dicha decisión, al rechazar el recurso de revisión de medidas planteado por la defensa.
El viernes pasado, esta resolución fue confirmada por el Tribunal de Apelación, 1ª sala, integrado por Pedro Mayor Martínez, Gustavo Santander y Gustavo Ocampos.
Proceso es por uso de documento falso
En la audiencia de revisión de medidas realizada en la semana pasada, el juez penal de garantías Gustavo Amarilla precisó que tanto Ronaldo como Roberto de Assis Moreira están procesados únicamente por el hecho punible de uso de documentos públicos de contenido falso.
El referido delito, previsto en el artículo 252 del Código Penal, establece lo siguiente: “Uso de documentos públicos de contenido falso: El que con la intención de inducir al error utilizara un documento o archivo de datos de los señalados en el artículo 250, será castigado con arreglo al mismo”.
A su vez, el artículo 250 dice lo siguiente: “Producción inmediata de documentos públicos de contenido falso 1º El funcionario facultado para elaborar un documento público que, obrando dentro de los límites de sus atribuciones, certificara falsamente un hecho de relevancia jurídica o lo asentara en libros, registros o archivos de datos públicos, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa. 2º En estos casos será castigada también la tentativa. 3º En casos especialmente graves, la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta diez (10) años.”
Algunos procesados fueron imputados por producción mediata de documentos públicos de contenido falso, previsto en el artículo 251, que especifica lo siguiente: “1º El que hiciera dejar constancia falsa de declaraciones, actos o hechos con relevancia para derechos o relaciones jurídicas en documentos, libros, archivos o registros públicos, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa. 2º Se entenderá como falsa la constancia cuando dichas declaraciones, actos o hechos no estén dados, no hayan acontecido, hayan acontecido de otra manera, provengan de otra persona o de una persona con facultades que no le correspondieran. 3º Cuando el autor actuara con la intención de lograr para sí o para otro un beneficio patrimonial o de causar daño a un tercero, la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta cinco (5) años. 4º En estos casos, será castigada también la tentativa”. Varios están procesados además por asociación criminal.
Todos los testimonios que conducen a Dalia
Un elemento clave fue la declaración de la testigo Paula Regina Oliveira, esposa del empresario Wilmondes Sousa Lira, quien no solamente sindicó a la empresaria Dalia López como la persona que gestionó y le entregó los documentos, sino que incluso entregó su celular a la Fiscalía, en donde tenía registrados los mensajes enviados por Dalia sobre el particular.
Las declaraciones de Ronaldo, Roberto, Sousa y la testigo Paula Regina Oliveira son coincidentes en lo que respecta a cómo la documentación fue a parar en su poder. Tampoco los demás procesados los han involucrado en la tramitación de la documentación apócrifa.
Al igual que Sousa, la testigo relató que conoció a Dalia en enero del 2019 y a partir de ahí mantuvieron contacto, pues la misma se mostró interesada en participar en el lanzamiento del libro “Crack en la vida” (de Ronaldinho) y de un proyecto social consistente en un móvil que pudiera llevar asistencia médica a niños, niñas y adolescentes carenciados.
Reveló que la empresaria planteó la necesidad de que contaran con documentación paraguaya para poder crear una empresa y desde la misma realizar ambos proyectos. Así fue como se iniciaron las tratativas para la documentación, de cuya gestoría Dalia dijo sentirse honrada de encargarse. Informada de que las cédulas y pasaportes estaban listos, Paula vino al país y los retiró, tras lo cual fueron entregados por su esposo a Ronaldo y Roberto en el Brasil.
Además de Ronaldo, Roberto, Wilmondes y Dalia López, otras doce personas están procesadas. Se trata de María Isabel Gayoso y Esperanza Apolonia Caballero Coronel, personas a cuyos nombres se gestionaron los pasaportes de los hermanos brasileños; Stella Marys Lugo, quien habría planteado una propuesta de trabajo en el exterior para que las primeras gestionaran sus pasaportes.
Las tres mujeres citadas anteriormente tienen arresto domiciliario. Los gestores y funcionarios de la Policía y Migraciones involucrados en el caso están presos, al igual que los brasileños.
La lista sigue con los funcionarios de Migraciones José Gustavo Molinas y Jorge Rodrigo Villanueva Torales, el suboficial inspector Cirilo Gustavo Amarilla Cañete, del departamento de Informática del Departamento de Identificaciones quien habría agilizado los trámites.
También han sido procesados los gestores Bernardo Arellano Guzmán, Vicente Javier Martínez Moreno, Sebastián Medina e Iván Campos, que según los investigadores, participaron en distintas etapas de la gestión. El fiscal Marcelo Pecci reveló que Medina y Campos confirmaron que Dalia López les pagó 6.000 dólares por cada juego de documentos (cédula y pasaporte).
Cabe señalar que los dos primeros manifestaron temer por su vida, por haber recibido amenazas y haber notado que eran seguidos por vehículos extraños, razón por la cual se dieron por detenidos ante el Ministerio Público.
La Fiscalía también procesó a Shirley Delvalle y Rosa Miranda, ambas funcionarias de protocolo de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac), que fueron eximidas de medidas cautelares por el juez Gustavo Amarilla.
