II) Jurídicamente inviable, también por varias razones:
i) Las planillas constituyen la representación (o prueba para decirlo en términos procesales) de un solo acto jurídico. Así las cosas, basta que se detecte la irregularidad de una sola firma, para que caiga todo el acto jurídico que se pretende legitimar por esa vía.
En el caso concreto, se encuentra reconocido por los propios pretendientes que al menos sesenta mil firmas (¡!) son irregulares por adulteración o falsificación.
Por ende, el TSJE está obligado a disponer el archivo de la presentación realizada por la ANR por su notoria irregularidad.
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ii) La ANR no puede pretender que se traslade la carga de demostrar la veracidad de las firmas a toda la ciudadanía o al TSJE.
Jurídicamente, se debe operar exactamente de manera inversa. Esto es así porque la regla dentro del sistema procesal republicano es que quien alega o afirma algo, debe acreditar su pretensión en forma fehaciente y no meramente indiciaria.
Vale decir, la ANR debió, por lo menos, asumir la tarea de certificar ante un depositario de la fe pública las firmas mediante las cuales aspira, nada menos que a modificar la Constitución Nacional. Piénsese en el caos que se generaría si, de buenas a primeras como aspira la ANR, se le otorga la razón jurídica a cada persona que se presente alegremente ante el TSJE o la Corte Suprema de Justicia alegando contar con un derecho que debe ser probado por todos, menos por él. Mayor dislate, imposible.
iii) Las falsificaciones y adulteraciones detectadas en las planillas no pueden ser minimizadas ni por el TSJE ni por el sistema jurídico pues configuran hechos punibles de acción penal pública.
Así las cosas, el Ministerio Público –que de hecho ya recibió varias denuncias formales– debe buscar los mecanismos para frenar la pretensión que las planillas buscan respaldar dado que existe el riesgo real de que el pronunciamiento del TSJE acerca de lo solicitado por la ANR, se apoye en documentos fraguados. Se insiste en que el acto jurídico es uno solo y por ende, las planillas, aunque numerosas, constituyen una sola prueba.
III) Finalmente, políticamente perverso: Para decirlo en términos deportivos, no es admisible que las planillas busquen modificar las reglas de juego, en pleno partido y para beneficio de los mismos jugadores.
Cuidar ese detalle, que cae dentro de la esfera de la Ética, es fundamental si se aspira a mejorar la calidad de la Democracia.
En efecto, el legítimo y saludable debate en torno a la reelección debe suceder a un acuerdo previo entre los actores políticos que, públicamente deben dejar sentado, pacto ético de por medio, que el sistema no puede ser instrumentado nunca en beneficio de los intereses de poder de un grupo reducido de personas que busca extender su mandato.
La República y la Constitución, nacieron como un antídoto contra toda forma de poder concentrado. Por ende, la legitimidad política del planteo realizado por la ANR queda totalmente desvirtuada desde el momento en que lo que se busca mediante las planillas es darle más poder a una persona a quien la norma Fundamental, le guste o no, le impuso límites claros: 5 años.
La ciudadanía tiene el compromiso de hacerle saber a la clase política que, en el sistema republicano de gobierno, el descarado consejo de Maquiavelo de que el fin justifica los medios, no tiene cabida.
Para el efecto, es importante que agudicemos nuestra capacidad crítica, que aprendamos a introducir el pensamiento lateral a fin de no quedar atrapados en el discurso maniqueo de las facciones enfrentadas y fundamentalmente, que nos entrenemos en el hábito del pensamiento complejo para desmontar, en beneficio del sistema democrático y constitucional, el simplismo reptiliano con el que opera la clase política cada vez que, desde una u otra facción, deciden instrumentar la institucionalidad en provecho propio…
*Abogado. Magíster en Ciencias Políticas por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. Magíster en derecho procesal por la Universidad Nacional de Rosario. Integra el equipo docente del constitucionalista argentino Jorge Alejandro Amaya colaborando en cursos de posgrado que se dictan en Argentina, Colombia, Perú, Paraguay e Italia.
