Rodrigo Maciel Samudio, en la tarde del 17 de junio de 2014, estaba en compañía de Bartolomé Franco, de 26 años, rondando las calles del barrio Vista Alegre de Asunción, en una motocicleta y armado con un puñal buscando una potencial víctima para asaltarla.
Cerca de las 18:00, Franco, que en ese momento tenia 17 años divisó a una joven caminando sola y la acecharon, dieron una vuelta y antes de que llegue a la esquina, Rodrigo bajó del biciclo y con su arma blanca intimó a Liz Teresita Arzamendia a que entregue su cartera. Se presume que hubo un forcejeo y en eso el menor de edad le aplicó tres mortales heridas a su víctima, al tiempo de sacarle la cartera en la que había un celular que se lo llevó. Liz Teresita estaba solo a unos metros de su casa fue atacada cuando iba a ingresar a su vivienda, pero el su homicida le privó de volver a ingresar a su morada.
La mujer murió frente al portón de su casa y dejó huérfano a un niño de 6 años. El horrendo asesinato sacudió a la sociedad que pidió un esclarecimiento del caso.
El celular que fue robado por Rodrigo Maciel fue dado para su venta a Alejandro González, un reducidor de objetos robados, y así fue que los investigadores llegaron a detener a los primeros sospechosos para después llegar a dar con Franco y Maciel, los principales responsables del sangriento asalto que tuvo el peor final.
Juicios separados
Como Rodrigo Maciel era menor de edad, tuvo que ser juzgado en forma separada de sus cómplices Bartolomé Franco y Alejandro González, quienes fueron condenados a 26 años y 3 años de cárcel respectivamente en diciembre de 2016.
Mientras que el juicio para Maciel se hizo un año después y el 18 de setiembre fue condenado a ocho años de cárcel, por su condición de menor de edad, pero la defensa solicitó la nulidad del juicio debido a que no se realizó el estudio psicosocial a Maciel.
El Tribunal de Apelación penal de la adolescencia integrado por Irma Alfonso, Gloria Benítez y Clara Estigarribia analizó el caso y efectivamente encontraron que la fiscala Stella Mary Cano realizó un trabajo deficiente.
Sin embargo, en su contestación al Tribunal de Alzada, la fiscala Cano señaló que la sentencia reúne todos los requisitos establecidos por el Código Procesal Penal.
“El respectivo estudio fue ordenado por la jueza penal de Garantías de la Niñez y la Adolescencia, informe agregado al expediente judicial y que da cuenta que el entonces menor cursaba el segundo año de la media, lo cual sería imposible si tuviera un desarrollo mental disminuido...”, señala la respuesta de la fiscala.
La querella también alegó de igual forma y señaló que no se ajustaba a derecho el pedido de nulidad del juicio de primera instancia.
Sin embargo los miembros del Tribunal señalan que sí cabe la apelación ya que no se cumplió con el requisito exigido por la ley y que no se incorporaron legalmente al juicio.
Por esa razón la Dra. Irma Alfonso de Bogarín, quien fue la camarista preopinante, dispuso que se anule parcialmente la sentencia definitiva en relación a Rodrigo Maciel y que se reenvíe para un nuevo juicio. El joven procesado ya fue liberado.
Otra condenada
Leysly María Patiño Franco, quien en el momento del crimen también era menor de edad y novia de Rodrigo Maciel, también fue condenada a cuatro años de cárcel. Ella fue quien recibió un celular de Liz Teresita Arzamendia, como regalo de parte de su pareja, tras el ataque. La joven utilizó el aparato y llevó a los agentes policiales a detenerla. En juicio se logró probar que Leysly sabía perfectamente el origen del celular.
Error
El error cometido por la fiscala Stella Mary Cano hace que se tenga que volver a hacer un juicio para Rodrigo Maciel, lo que significa no solo empleo de tiempo de jueces y fiscales, para hacer todo el proceso nuevamente, sino que implica que se tenga que destinar dinero para realizar el segundo juicio, cuando de haberse efectuado un buen trabajo se ahorraría ese gasto al Estado, para otros casos, en pos de una mejor justicia.
Un ejemplo de muchos
Este caso en que se dio un error de parte del Ministerio Público es solo un ejemplo de los muchos otros casos que a diario se dan en los tribunales. Se suelen producir errores de los miembros del Tribunal de Sentencia, en los que se anulan juicios, sentencias, y se tienen que volver a hacer los juzgamientos. Sin embargo, las sanciones a los que tienen estos malos desempeños casi nunca llegan.
Otros dos cómplices del crimen fueron condenados
En diciembre de 2016 el tribunal de sentencia integrado por los jueces Olga Ruiz, Víctor Medina y Elsa García, por unanimidad, condenó a 26 años de cárcel a Bartolomé Franco y a Alejandro González a tres años de cárcel por el crimen de Liz Teresita Arzamendia.
En el juicio se comprobó que Franco fue la persona que manejaba la motocicleta en la que iba el entonces menor de edad Rodrigo Maciel Samudio, quien fue el sindicado como asesino de la joven.
Ambos son los principales implicados en este caso que sacudió a la ciudadanía por la violencia con que se perpetró.
En carácter de cómplice, Alejandro González también fue condenado. Según la investigación policial y fiscal, este fue el encargado de vender el celular que le robaron a la víctima.
González era el contacto que tenían los motochorros para llevarle todos los objetos que le robaban a las víctimas, para luego ser vendidos y ellos recibían parte del dinero.
Todas las pruebas que se presentaron en el juicio oral fueron estudiadas por los magistrados, quienes no tuvieron dudas al dictar la pena para los dos acusados.
En este caso, la fiscala Stella Mary Cano fue también la que acusó y realizó un buen trabajo ya que logró unir todos los puntos claves y demostrar la participación que le tocó a cada uno en el crimen y posterior a su comisión.
La defensa de Bartolomé Franco solo atinó a pedir al tribunal de sentencia una pena reducida de 8 años como cómplice de homicidio doloso, ya que el joven manejó la motocicleta y no tuvo participación en el crimen, dando a entender que su intención nunca fue la de matar a Liz Teresita, sino solo robarle.
Pero esto fue descartado por los jueces, debido a las abrumadoras pruebas que la fiscalía presentó en contra del conductor de la motocicleta.
La jueza Olga Ruiz indicó que las pruebas fueron contundentes y concluyeron que Franco conducía la motocicleta utilizada en el asalto el 17 de junio de 2014 cuando Liz Teresita, entonces funcionaria de Senacsa, estaba a 20 metros de llegar a su domicilio, ubicado en el barrio Vista Alegre de Asunción.
“La víctima fue herida con dos puñaladas a la altura del tórax, con orientación de abajo hacia arriba, lo que le provocó lesiones en órganos vitales”, indicó la jueza Ruiz.
También se hizo constar que Liz Teresita dejaba un niño de seis años huérfano y todo eso se tomó como agravantes para darle la pena de 26 años al cómplice de Rodrigo Maciel, quien hoy, por una deficiencia en la parte conclusiva de la fiscalía, espera un nuevo juicio por el sangriento crimen.
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