La sentencia contra Tran Thach se realizó mediante la suspensión a prueba de la ejecución de la condena, en un juicio abreviado. La condena fue dictada por el juzgado penal de garantías, especializado en delitos económicos del primer turno, a cargo del magistrado Humberto Otazú.
Según los antecedentes, la causa penal se había iniciado en fecha 21 de julio de 2020 mediante una denuncia realizada por la Coordinación Operativa de Investigación Aduanera (COIA), dependiente de la Dirección Nacional de Aduanas.
Los responsables del dicho organismo informaron a la Fiscalía que tras un seguimiento y vigilancia lograron ubicar un depósito, donde se encontrarían mercaderías ingresadas en forma irregular al país. Inmediatamente la agente fiscal Nilsa Torales, con orden judicial de por medio, procedió a allanar el lugar, constatando gran cantidad de azúcar que había ingresado de contrabando.
Tras el pesaje se comprobó que el cargamento de la mercadería totalizaba 19.740 kilos. La fiscala interviniente dispuso en el acto el traslado de toda la evidencia a la Aduana de Algesa.
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Luego, en el marco de la investigación, el Ministerio Público logró ubicar el local de comercialización de los productos del señor José Tran Thach, y nuevamente con orden judicial se realizó una compra vigilada de azúcar de procedencia brasileña, formulándose consecuentemente la acusación.
Posteriormente, en audiencia preliminar, el acusado admitió el hecho y asistido por su abogado solicitó la aplicación del procedimiento abreviado, de cuya consecuencia recayó la condena de 2 años de pena privativa de libertad con suspensión a prueba de la ejecución de la condena por el plazo de 3 años. Eso significa que no cumplirá su condena dentro de la cárcel.
Además, se le impuso una sanción consistente en la donación de la suma de 20.400.000 guaraníes al Hogar de Ancianos de Villa 23 de Octubre y La Fundación de Rehabilitación de Adictos del Paraguay.
