Según recoge el decreto publicado este sábado, la medida incluye lo que el Ejecutivo califica como “canasta básica familiar”, que abarca también huevos, pollos vivos, maíz amarillo duro, almidón de maíz, grasas y aceite de pescado y aceite de soja entre otros.
En un comunicado, el Ministerio de Finanzas precisó que "el IGV generado por comercializar y/o importar tales insumos podrá ser aplicado como crédito fiscal".
Añadió que "las disposiciones acogen las propuestas de especialistas tributarios para aplicar mecanismos que favorezcan que las exoneraciones a los alimentos se reflejen en los precios finales para los consumidores".
"Se trata de una medida extraordinaria para atenuar el impacto inflacionario generado por la coyuntura económica internacional de importantes alimentos que forman parte de la canasta básica familiar, los cuales han experimentado un aumento de precios en los últimos meses. De esta manera se busca dar un alivio a los hogares", afirmó el ministerio.
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El Gobierno publicó dicha lista tras la aprobación de este proyecto de ley por el Congreso el pasado 12 de abril, una votación que fue protagonizada por un anterior listado que propuso el Legislativo en el que se consideraban productos básicos el lomo fino, el faisán, la gallina de Guinea y la lasaña, entre otros y que no salió adelante.
