También el director general de Tráfico español, Pere Navarro, ha alertado de ello: "Si vas conduciendo y causas daños a personas o cosas y das positivo la compañía lo cubre pero puede repercutirte los costes. Igualmente en el caso de que dejes el coche, te van a buscar. Poca broma con esto", ha dicho.
Se llama derecho de repetición. Se recoge en la ley sobre responsabilidad civil española y seguro en la circulación de vehículos a motor y faculta a las compañías a recuperar el importe que han pagado por los costes de las reparaciones y de las posibles lesiones causadas a terceros cuando su cliente ha tenido un siniestro vial bajo los efectos del alcohol o las drogas.
Arnaldo ha explicado que los 1.000 millones de euros es una estimación que ha hecho la AEA respecto del importe de las indemnizaciones que las aseguradoras y el Consorcio de Compensación de Seguros podrían reclamar a los asegurados por efecto del derecho de repetición para recuperar los costes pagados por siniestros provocados por el alcohol no cubiertos por el seguro.
El presidente de la AEA ha puesto también sobre la mesa otra pregunta: "¿Dejarías a tus padres en la calle por una copa de más?", tras narrar un caso real de unos padres a los que un juzgado les embargó su casa para hacer frente a los 360.000 euros con los que tuvieron que indemnizar a los amigos de su hijo al que prestaron el coche y que volcó cuando volvían de una fiesta.
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Y es que no solo se reclama al conductor, también al propietario o al tomador del seguro cuando el que provoque el accidente sea insolvente.
Según la Unión Europea, en el 25 % de los siniestros está presente el alcohol.
