"Compromiso con Palestina" era el nombre del acuerdo que suscribió la Universitat de València en mayo de 2024 y que anuló el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 del Tribunal Superior de Justicia al estimar un recurso interpuesto por la Asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM).
En ese acuerdo, la Universitat de València se comprometía a no firmar ningún acuerdo ni convenio de colaboración con instituciones, universidades y centros de investigación israelíes y a evitar la explotación de infraestructuras científicas por el personal investigador de estas instituciones, así como suspender las estancias tanto entrantes como salientes.
Asimismo, acordaba reclamar a la Unión Europea que no permita el acceso israelí a la financiación de I+D de programas europeos.
"A la vista del citado compromiso es preciso concluir que el mismo es contrario a la prohibición constitucional de discriminación (artículo 14 de la Constitución Española)", afirma la sentencia, a la que tuvo acceso EFE.
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El fallo recuerda, además, que la ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación, aplicable a las universidades públicas y al ámbito concreto de la enseñanza, "recoge expresamente que nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión en el ámbito educativo".
Y considera que el acuerdo impugnado "introduce una medida de discriminación dirigida exclusivamente a universidades israelíes por su mera condición de ostentar dicha nacionalidad, introduciendo una desigualdad de trato que carece de justificación y amparo alguna, pues se adopta en el marco de una actuación de evidente matiz político que incide de uno de los supuestos tradicionales de discriminación (la nacionalidad)".
La Agencia EFE contactó con la Universitat de València para conocer su valoración y indicó que están estudiando la sentencia y que durante esta próxima semana informarán al respecto, "cuando haya sido objeto de revisión para su recurso" por sus servicios jurídicos.
