El texto, que ingresó al Senado para su debate y que el Ejecutivo pretende que se apruebe antes de fin de año, propone reformas centrales a la Ley de Contrato de Trabajo argentina -sancionada en 1976- y apunta a fijar un nuevo régimen laboral que tendrá efectos amplios en el empleo público y privado.
Estos son seis aspectos clave:
Salarios
El proyecto define con mayor precisión los conceptos que integran la remuneración e incorpora la figura del “salario dinámico”, un componente variable que puede ser acordado en forma individual o colectiva y que se vincula al mérito o la productividad.
Habilita el pago en moneda extranjera y a través de billeteras virtuales y la posibilidad de abonar una parte del salario en bienes o servicios bajo determinadas condiciones.
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Vacaciones
Se permite fraccionar las vacaciones en períodos no inferiores a siete días corridos y se flexibiliza la organización del tiempo de trabajo, con jornadas que podrán extenderse por hasta 12 horas -cuatro más que las ocho actuales-, siempre que se respete un descanso de 12 horas entre jornadas.
Dispone la creación de “bancos de horas” para compensar horas extra mediante días libres, y se otorga mayor margen para que trabajadores y empleadores pacten jornadas y descansos, siempre respetando los límites impuestos por la ley.
Reduce base cálculos
El proyecto reduce la base de cálculo de las indemnizaciones por despido y excluye conceptos como vacaciones y pagas extraordinarias, por no considerarse remunerativas.
Las empresas deberán aportar una “contribución obligatoria” del 3% de la masa salarial a los nuevos Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que financiarán indemnizaciones. Ese aporte se descontará del pago al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Pymes
Las pequeñas y medianas empresas (pymes) podrán abonar indemnizaciones en cuotas, y los empleadores que generen nuevos puestos quedarán temporalmente exentos del pago de estas contribuciones obligatorias.
En juicios laborales, la actualización de montos de indemnización se limitará al índice de inflación más un 3% adicional.
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Actividades esenciales y asambleas
La reforma amplía el listado de actividades consideradas esenciales -como salud, educación, energía, agua, telecomunicaciones o transporte- y crea la categoría de “actividades de importancia trascendental”, que deberán garantizar servicios mínimos de entre el 50% y el 75% durante una huelga.
Establece además que las horas de asamblea se descontarán del salario y se tipifican como infracciones graves los bloqueos o tomas de establecimientos.
Reducción de impuestos
La iniciativa reduce las alícuotas del Impuesto a las Ganancias para empresas y elimina impuestos aplicados a determinados bienes.
Crea también el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), con estímulos fiscales para pequeñas y medianas empresas que inviertan localmente.
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Plataformas tecnológicas
La reforma propuesta incorpora la figura de ‘prestadores independientes de plataformas tecnológicas’ y les exige estar registrados fiscalmente y el pago de su seguridad social.
La ley exige además el pago de un seguro de accidentes personales y precisa que empresas y trabajadores deberán acordar entre sí quién y cómo lo abona.
El texto especifica también que estos acuerdos no resultan un indicio de relación laboral o dependencia entre las plataformas y los repartidores.
