La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de España multó a los conocidos influencers españoles Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter tras constatar el incumplimiento de las obligaciones dispuestas en la Ley General de Comunicación Audiovisual en contenidos difundidos en plataformas como YouTube, X (antes Twitter), Instagram y Facebook, según informó el medio español RTVE.
Las resoluciones abordan faltas vinculadas a la falta de identificación clara de las comunicaciones comerciales, la omisión de medidas de protección a menores y la difusión de publicidad de medicamentos sin cumplir las exigencias legales vigentes.
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Las infracciones y las sanciones económicas
Las sanciones impuestas a cada creador de contenido varían según la gravedad de la falta y los montos se fijaron originalmente en euros, aplicándose descuentos por pago anticipado o reconocimiento de responsabilidad:
- Ibai Llanos: fue sancionado por publicar vídeos en X incorporando una marca de bebidas durante la presentación de artistas para su evento La Velada, sin ninguna señalización que advirtiera que se trataba de un contenido publicitario. La sanción fijada fue de 710 euros (unos G. 4.900.000 al cambio actual), la cual se redujo a 568 euros (alrededor de G. 3.920.000) tras acogerse al pago anticipado.
- Jordi Wild: el youtuber fue multado por no incluir la clasificación de edad, advertencias de contenido ni mecanismos de restricción de acceso a menores en su evento Dogfight Wild Tournament, transmitido en YouTube. La multa inicial de 1.543,44 euros (aproximadamente G. 10.650.000) quedó finalmente en 1.241,95 euros (unos G. 8.570.000) al adelantar el pago.
- Nachter: en sus cuentas de Instagram y Facebook, el creador difundió contenido comercial sobre productos “antigripales” sin respetar las normas aplicables a la publicidad de medicamentos (que exigen advertir la lectura del prospecto y la consulta con un profesional). La sanción original de 1.779,94 euros (aproximadamente G. 12.280.000) se redujo a 1.067,96 euros (alrededor de G. 7.370.000) tras admitir la responsabilidad y realizar el pago por adelantado.
La CNMC remarcó que las normas de transparencia publicitaria y protección al espectador aplican directamente a los llamados “usuarios de especial relevancia” (grandes generadores de contenido y creadores con alto alcance digital), independientemente de la red social o plataforma utilizada.
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