Durante las audiencias celebradas este jueves y viernes en Montevideo, la Corte IDH escuchó los argumentos de la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes (Fenamad) y la organización EarthRights International (ERI), promotores de la denuncia.
En su exposición, los representantes de estas organizaciones mostraron evidencia de la presencia de actividades extractivas en el territorio ancestral de los mashco piro, lo que es "incompatible con la protección real y efectiva de la vida de este pueblo".
Los impulsores de la denuncia indicaron en un comunicado que desde 1999 han presentado evidencias al Estado peruano sobre la presencia del pueblo mashco piro en las zonas que posteriormente fueron destinadas a la explotación maderera.
Fenamad expresó que, pese a estas evidencias, el Estado creó en 2002 la Reserva Territorial de Madre de Dios, pero lo hizo de manera fragmentada al reconocer solo el 34 % del área identificada como territorio de pueblos indígenas en aislamiento.
"Esta falta de protección estatal ha permitido que dentro de la Reserva Territorial Madre de Dios se desarrollen diversas actividades económicas que impactan a los pueblos indígenas del caso, entre ellas proyectos madereros, mineros, de infraestructura que han contado con concesiones y avales estatales, así como actividades de tala ilegal", señaló la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El expresidente de Fenamad Julio Cusurichi sostuvo que acudir a la Corte IDH "es la única esperanza" de que los "hermanos indígenas en aislamiento continúen con vida".
"Necesitamos un Estado presente, que cumpla con su obligación de proteger estos territorios y trabaje de la mano con las comunidades para salvaguardar la vida y la convivencia pacífica de todos los pueblos que comparten este territorio ancestral”, dijo Alfredo Vargas Pio, presidente de Fenamad.
Durante la audiencia, el doctor en derecho internacional Mikel Berraondo afirmó que las operaciones empresariales, las concesiones forestales y las actividades extractivas en el territorio ancestral de los pueblos indígenas en aislamiento o en zonas adyacentes son absolutamente incompatibles con su protección.
Conforme con los estándares y principios internacionales en materia de protección para los derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial (PIACI), los líderes indígenas solicitaron a la Corte IDH proteger el territorio de ocupación ancestral del pueblo mashco piro, garantizando su intangibilidad y el principio de no contacto.
También pidieron concluir el proceso de categorización de la Reserva Territorial Madre de Dios a Reserva Indígena, iniciado en 2014, y cancelar todos los proyectos extractivos a gran escala, en cualquier etapa, en el territorio de ocupación ancestral del pueblo mashco piro.
Por su lado, la defensa del Estado peruano rebatió en la audiencia que la categorización pendiente no supone una ausencia de protección y reafirmó que los pueblos indígenas en aislamiento requieren una protección reforzada.
En ese sentido, no negó los riesgos expuestos por los denunciantes, pero matizó que estos no suponen automáticamente una responsabilidad internacional ya que "lo relevante es terminar cuáles se materialización y qué medidas tomó el Estado cuando tuvo conocimiento".
