El exrepresentante del Congreso manifestó que la polémica decisión judicial del magistrado Amílcar Marecos, quien prohibió a los ciudadanos autoconvocados manifestarse frente al Poder Judicial contra los camaristas que liberaron a un condenado por abuso infantil, es una cuestión traída de los pelos que demuestra desconocimiento del juez con respecto a los derechos humanos más básicos, así como una ignorancia sobre los preceptos fundamentales de la Constitución Nacional.
Aún menos lógico le parece al abogado constitucionalista que el juez Marecos también haya prohibido a los manifestantes movilizarse en un radio de 300 metros del domicilio de los magistrados. “Ese derecho a manifestarse no puede prohibirse”, sostuvo el jurista.
Leer: Prohíben manifestación contra cuestionados magistrados esteños
Saguier recordó que la Carta Magna garantiza la libertad de reunión y manifestación con la condición de que sean pacíficas. “No se puede hacer una interpretación aislada, hay que partir del concepto fundamental de nuestra Constitución”, añadió el letrado sobre la llamativa decisión judicial.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
Asimismo, recalcó que nuestra democracia es “representativa, participativa y pluralista con reconocimiento de los derechos humanos”, por lo tanto, en caso de quedar firme esta prohibición judicial, sentaría un “antecedente muy feo. Es una amenaza, si se cumple esto, el día de mañana lo van a imitar otros magistrados”, advirtió Saguier.
Por otra parte, aconsejó a los ciudadanos “estar prevenidos sobre cuestiones tan importantes del derecho humano”.
Más info: JEM tratará caso de camaristas del Este
Recordemos que el juez penal de Garantías de Ciudad del Este, Amílcar Marecos, prohibió a los ciudadanos autoconvocados manifestarse frente al Poder Judicial contra los camaristas que liberaron a un expolicía de Interpol. El exagente fue condenado a 10 años de prisión por abusar de su hijastra, una niña de 9 años. Igualmente, el magistrado prohibió que los manifestantes se movilicen en un radio de 300 metros alrededor del domicilio de los magistrados Aniceto Amarilla, Miryan Meza de López e Isidro González.
La llamativa decisión judicial fue firmada el 11 de octubre pasado y comunicada a la Policía Nacional el fin de semana último.
Incluso, se ordenó la custodia policial en la residencia de los magistrados. La orden fue emitida en el marco de una acción de hábeas corpus genérico promovida por los jueces del cuestionado tribunal.
Coincidentemente, la prohibición fue dictada días antes de que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) trate el expediente de los camaristas por la grave liberación.
Detalles: Piden suspensión de jueces que liberaron a condenado por abuso
Al revocar la sentencia del expolicía en primera instancia, los camaristas alegaron que el procesado ya cumplió la pena mínima prevista para abuso y que la condena aún no quedó firme.
El Tribunal de Sentencia conformado por Evangelina Villalba, Óscar Genes y Alba Meza fue el que lo condenó a 10 años de prisión el 12 de agosto último.
Cabe destacar que la condena se dio cuatro años después de la denuncia, debido a las innumerables chicanas presentadas por la defensa del acusado.
