La resolución que ordena la suspensión de comparecencias dispone que todo cumplimiento de obligaciones que impliquen la comparecencia de procesados o condenados ante el Juzgado, para la presentación de constancias relativas a donaciones, depósitos o similares, sean llevadas a cabo por medios telemáticos.
Se dispuso el correo electrónico ejecucionpenal1encarnacion@gmail.com para lo dispuesto en la tutela jurisdiccional.
La medida afecta a los beneficiados por suspensión condicional de procedimientos, suspensión a prueba de la ejecución de condenas y libertad condicional, hasta nueva disposición, en sujeción al plan de levantamiento gradual de aislamiento preventivo general ante el COVID-19.
