La medida se dispuso a través del Decreto N° 4011 del Ejecutivo, con fecha 3 de este mes, que modifica el anterior Decreto N° 3966, del 24 de agosto último, que establece el referido régimen que en su oportunidad había sido anunciado en Palacio de López como parte del plan de recuperación económica “Ñapu’a Paraguay”.
El régimen estará vigente hasta el 31 de enero de 2021 e implica que la tasa en concepto de recargo o interés mensual será del 0%, aplicable a las obligaciones tributarias vencidas, correspondiente a los periodos fiscales mensuales cerrados hasta diciembre de 2019, así como a los ejercicios fiscales cerrados hasta el 30 de junio de 2019.
El Decreto N° 3966/2020, en su artículo 2º, que fue modificado, establecía una tasa del 9% para las determinaciones tributarias y aplicación de sanciones derivadas de procesos de fiscalización o control, sumarios administrativos o allanamiento expreso del contribuyente y se encuentren en procesos de gestión de cobro por parte de la administración tributaria.