Expulsiones podrían ser reglamentadas pero las mayorías no deben ser modificadas, afirma Saguier

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El excanciller y exsenador del PLRA  Miguel Abdón Saguier.
El abogado y ex convencional constituyente Miguel Abdón Saguier.Archivo, ABC Color

El ex convencional constituyente Miguel Abdón Saguier aseguró esta mañana que es imposible modificar la cantidad de votos necesaria actualmente para la pérdida de investidura de un parlamentario, puesto que la Constitución es clara al respecto. Sin embargo, confirmó que sí se puede consensuar una reglamentación que defina el procedimiento.

En la Cámara de Senadores surgió la intención de reglamentar el artículo 201 de la Constitución Nacional, que habla de la pérdida de investidura. Ante ello, el abogado Miguel Abdón Saguier manifestó que no se puede aumentar la mayoría simple establecida en la Carta Magna para las expulsiones, pues es una cuestión “meramente interpretativa” asegurar que es mínima.

“La Constitución es clara ahí, no hay nada que interpretar, no es nada oscuro. Se interpreta solo cuando hay contradicciones, lagunas u oscuridades en que no resulta clara la aplicación de la ley”, indicó.

No obstante, señaló que se puede buscar establecer un procedimiento para la acusación de los parlamentarios, la contestación de los mismos y el ofrecimiento de pruebas antes de la sesión para juzgarlos. “Eso no está escrito en la Constitución”, manifestó.

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“Pero lo que está previsto en la Constitución no podés tocar, son cuestiones meramente interpretativas. Cuando el texto de una norma es clara, no hay nada que interpretar. Si tomás el artículo 201, donde no aparece ninguna cantidad de votos necesarios para sustraer su investidura a un parlamentario, te vas al artículo 185 que dice cuáles son las mayorías”, manifestó.

El artículo 185 de la Carta Magna establece que las decisiones se tomarán por simple mayoría de votos de los miembros presentes. “¿Y qué vas a interpretar ahí? ‘No, porque es muy poca la cantidad exigida de mayoría simple, no puede ser’ (ironizó). ¿Pero por qué no puede ser?”, cuestionó.

En cuanto a la prisión para los parlamentarios, indicó que si los legisladores consideran que existen méritos, hay una demanda seria y aprueban el desafuero, ya queda a cargo del juez determinar si es necesario o no el encarcelamiento.

“Si los fiscales encuentran que hay una cantidad de elementos que te hacen seriamente sospechoso y que vos podés fugarte u obstruir la investigación, el juez puede decretar tu detención como cualquier otro ‘común’”, cuestionó.

Recordemos que el miércoles la comisión de Asuntos Constitucionales del Senado pospuso por una semana el estudio de la reglamentación de la pérdida de investidura. Esto se dio luego de que el senador Gilberto Apuril (Partido Hagamos) planteara que se preparen cuadros comparativos de los diferentes proyectos y se vea la posibilidad de hallar un consenso.

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