Guardia podría ser imputado por lesión grave de no comprobarse legítima defensa por confusión o terror

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Momento en que el hombre se dispone a llevarse el electrodoméstico antes de la lelgada del guardia de seguridad
Momento en que el hombre se dispone a llevarse el electrodoméstico antes de la lelgada del guardia de seguridadGentileza

El fiscal Itálico Rienzi explicó que el guardia de seguridad que frustró un robo al local comercial que custodiaba había sido detenido mientras se desarrollan las investigaciones pertinentes y para tomarle la declaración indagatoria. Tras ello fue liberado. Según afirmó, las averiguaciones buscan determinar si se trató o no de un hecho punible que puede configurarse como una lesión grave o bien se haya tratado de un exceso de la legítima defensa por confusión o terror, lo cual lo eximiría de pena. El presunto asaltante herido será imputado luego de su declaración indagatoria.

Ulises González, el guardia de seguridad de empresa C.P.H. Electrodomésticos, ubicada sobre la Avda. Mcal. López esquina Monseñor Bogarín de Fernando de la Mora, fue detenido por orden del Ministerio Público hasta que brinde su declaración indagatoria. Este se encuentra demorado en la Comisaría Segunda de dicha ciudad.

Conforme explicó el fiscal Rienzi, existen varios elementos en el caso que deberán ser analizados antes de determinar si imputa o no al guardia. En primer lugar, deberá establecer si la empresa que lo contrató como custodio contaba o no con los permisos pertinentes para la portación de armas. Explicó que dichos permisos salen a nombre de la firma, pero que estos a su vez deben consignar quiénes de sus empleados están incluidos en este permiso.

Actualmente, aguardan que la empresa de seguridad presente dicho documento en la Fiscalía, ya que en el momento de la intervención el detenido no contaba con este.

Especificó que el hecho punible que se le podría imputar al guardia sería lesión grave, atendiendo las circunstancias en las que disparó al asaltante. De acuerdo a los primeros datos recabados por los investigadores, el custodio disparó cuando ya no corría peligro.

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El fiscal expresó que le llamó la atención que en un primer momento el guardia -al comunicar el hecho a la Policía- no contó que había herido al ladrón. Además, cuando el personal del Ministerio Público llegó al lugar se negó a mostrar las imágenes del circuito cerrado. “Él al llamar a la Policía en ningún momento dijo que le disparó (...) empecemos por ahí”, señaló el fiscal.

También mencionó que en las imágenes del hecho se puede ver que ya en persecución el ladrón cae al suelo -aparentemente por un tropezón- y luego se levanta y segundos después vuelve a caer, lo que sindica que allí fue cuando recibió el disparo. “Si vos estás en persecución de alguien primero que nada la intención es disparar, si la otra persona tiene arma. Eso es lo que tenemos que determinar acá”, acotó el fiscal.

Otro punto que llamó su atención es que -atendiendo a la lógica- el guardia una vez que redujo al asaltante debía esposarlo o atarlo. Sin embargo volvió al local y minutos después retornó al exterior.

Enfatizó que González, siendo custodio de la empresa, debe defender los bienes de la misma, no obstante -por la forma en que actuó- se podría analizar la conducta de “exceso de la legítima defensa” por confusión o terror, lo cual lo eximiría de la pena.

El guardia fue liberado tras su declaración ante el Ministerio Público.

Por otra parte, refirió que el asaltante herido -identificado como Santiago Ariel Rojas Cabrera, de 21 años- una vez recuperado y tras su declaración indagatoria- será imputado por robo. Este joven cuenta con antecedentes penales por hurto agravado año 2015, reducción año 2016 y hurto agravado 2017/2020.

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