La administración fiscal informó este jueves que la normativa dispone que los clubes deberán retener el IVA cuando paguen a sus proveedores de bienes o servicios y estos se encuentren gravados por el mencionado impuesto.
“La retención deberán efectuar a partir del 1 de enero de 2021”, establece la resolución firmada por el viceministro de Tributación, Óscar Orué, quien señaló que la medida forma parte de los controles que están realizando sobre este sector.
Los clubes designados son los siguientes: Nacional, Sol de América, Cerro Porteño, Sportivo Luqueño, Libertad, Olimpia, Guaraní, 12 de Octubre de Itauguá, General Díaz, Sportivo San Lorenzo, River Plate y Liga Guaireña de Fútbol.
“Los clubes designados tendrán la obligación de emitir el comprobante de retención correspondiente e ingresar el importe retenido en los plazos y condiciones establecidas en la RG N° 100/2016, asimismo se constituirán en Agentes de Información debiendo presentar la Declaración Jurada Informativa conforme a lo previsto en la RG N° 48/2014”, agrega la nota.
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Añade, que para dar cumplimiento a lo previsto en la norma, la SET dará de alta a los clubes en la obligación de Agentes de Retención con código de obligación 221-Ret. IVA y obligación 911 Compras y 921 Ventas en el RUC.
Cuando los clubes designados desciendan de categoría, serán dados de baja de las obligaciones mencionadas, manteniéndose la obligación de declarar como agentes de información por tres meses posteriores a la baja de la obligación de retención del IVA, dice el informe de la administración fiscal.
