El Senado aprobó hoy en su sesión ordinaria la ley que dispone el uso de videocámaras por funcionarios públicos en investigaciones o procedimientos relacionados a hechos punibles o infracciones administrativas sean así inspecciones, allanamientos, registros y secuestros de lugares, personas o bienes.
La normativa tuvo origen en la Cámara de Diputados y según argumentaron servirá para reducir la figura penal de “cohecho pasivo”, que se materializa a través del pedido de coimas que involucra a funcionarios estatales. “El objetivo de la presente ley es establecer la obligatoriedad de la utilización de videocámaras por parte de los funcionarios que, en representación del Estado, actúen en cumplimiento de sus facultades legales ya sea en las investigaciones de hechos punibles o infracciones administrativas o en procedimientos consistentes en inspecciones, allanamientos, registros, secuestros de bienes o detención de personas”, reza el proyecto.
Los senadores modificaron la versión de la Cámara de Diputados y establecieron que el organismo regulador de dicha ley sea el Ministerio del Interior que se encargará de la reglamentación junto con el Ministerio Público, el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación y la Secretaría Nacional Anticorrupción, de acuerdo al dictamen hecho por la Comisión de Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Pública.
Los legisladores también pidieron eliminar la palabra “anticoimas” del acápite de la ley para evitar eventuales malas interpretaciones de la misma, ya que en los procedimientos también se pueden determinar otras situaciones como el uso excesivo de la fuerza y otros. Este punto quedó testado.
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Además, agregaron un artículo que dispone que los “organismos del Estado, y Municipalidades, que realicen procedimientos de registro, investigación, control, auditoría deberán incorporar mecanismos de utilización de videocámaras por parte de sus funcionarios a fin de garantizar la transparencia y legalidad de los procedimientos en un plazo máximo de 24 meses de reglamentada la presente ley”.
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Hechas las modificaciones con base en las consideraciones de los senadores, la normativa vuelve a la Cámara de Diputados para su consideración.
