Secretaría de la Función Pública no paga sus honorarios a juez por sumario realizado

Fuentes denunciaron a nuestro diario que la Secretaría de la Función Pública (SFP) se niega a pagarle al juez instructor Juan Feliciano Bobadilla Aquino, sus honorarios por el sumario administrativo que llevó adelante. Pese a que entregó todos los informes en tiempo y forma, la SFP se llama a silencio y no le hace el pago, consistente en 30 jornales mínimos. Desde la institución afirman estar en déficit presupuestario por lo que algunos pagos se vieron retrasados.

Sede de la Secretaría de la Función Pública.
Sede de la Secretaría de la Función Pública.Gentileza

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Según nos relatan nuestras fuentes, la Secretaría de la Función Pública emitió la resolución N° 287/2020 por la cual dispuso la instrucción de un sumario administrativo a dos funcionarios dependientes de esta oficina pública.

Según dicta el protocolo, se llevó a cabo un sorteo, y fue seleccionado el juez instructor Juan Feliciano Bobadilla Aquino, el cual fue designado por resolución 309 de fecha 8 de junio de 2020, y comenzó a llevar adelante el sumario.

Juez cumplió con trabajo, aseguran

Según aseguran nuestras fuentes, el abogado culminó el sumario en tiempo y forma, presentando nota del inicio de las diligencias y copia de la resolución de apertura del sumario administrativo. Además, terminó el trabajo entregando los informes conclusivos correspondientes dentro del periodo del año 2020.

Pero a pesar de que se cumplieron los plazos, la SPF incumplió su propia resolución, y no le pagó al juez sus honorarios.

La mencionada institución pública tiene una resolución, la 199/2020, que establece cómo debe ser el procedimiento para pagar a los jueces que lleven a cavo la diligencia del sumario.

No le pagan

Entre otros puntos, esta resolución indica que los organismos y entidades del Estado tendrán prevista la suma equivalente a 30 jornales mínimos para actividades diversas no especificadas en la capital.

Por si fuera poco, tan solo unos pocos días atrás, la SFP volvió a emitir la resolución 139/2021, que indica el mismo procedimiento, con la diferencia de que las instituciones deben pagar el 50 % del dinero al juez al inicio del sumario, y el 50 % restante al terminar la diligencia.

Sin explicaciones

A nada de esto le dio cumplimiento la SPF, y según aseguran nuestras fuentes, simplemente se han llamado a silencio en cuanto al pago que le deben al magistrado.

Ante esta situación, el abogado Juan Feliciano Bobadilla Aquino remitió una nota de urgimiento para que le abonen el 100 % de lo correspondiente por los trabajos realizados.

La nota está dirigida a la ministra de la Función Pública, Cristina Bogado. El oficio tiene fecha 2 de marzo de 2021, y en él, el juez le reclama a la ministra que “con esta actitud demuestra que a esta institución poco o nada le importa cumplir los compromisos asumidos”.

Le recuerda también, que ya pasaron más de 7 meses desde la culminación del proceso.

Además, Bobadilla ha hecho varios urgimientos a través de la mesa de entrada habilitada por correo electrónico, pero aún así la SFP no se ha expedido.

Cabe mencionar que el monto requerido por el abogado no es parte de su salario establecido, sino el cobro por un trabajo extra que le fue asignado. Conforme a la planilla de salarios del Ministerio de Defensa Nacional (de donde fue comisionado), Bobadilla Aquino percibe al mes G. 3.966.600 como remuneración, G. 3.700.000 como salario presupuestado y G. 3.108.000 como salario devengado, cuya suma alcanza G. 10.774.600.

Desobedecen su propia resolución

Lo curioso es que la propia Secretaría de la función pública dictaminó cuál será el procedimiento para el pago por los sumarios de parte de los organismos y entidades del Estado, pero ella es la primera en incumplir su propia normativa.

La instrucción de sumario se había ordenado para dos funcionarios por supuesta comisión de faltas graves previstas en la ley 1626/2000 de la Función Pública.

La SPF realizó el sorteo para designar juez de conformidad con el artículo 100 de la ley 1626. En este sentido, según la resolución 309 que llegó a nuestra redacción, fue la propia encargada de despacho de la SFP la que designó al abogado Juan Feliciano Bobadilla Aquino como juez instructor titular.

Déficit presupuestario en la SFP

Consultada al respecto, Silvia Núñez, encargada de la Dirección General de Administración y Finanzas (DGAF) de la SFP señaló que no existen motivos particulares por los que no se le esté abonando al magistrado el monto que se le adeuda. Mencionó que el retraso en dicho pago se debe que la secretaría se encuentra con un déficit presupuestario, que lo orilló a pedir una reprogramación o un crédito al Ministerio de Hacienda para saldar varias deudas que se acumularon durante la pandemia.

Conforme indicó, otros jueces instructores se encuentran en la misma situación que Bodadilla Aquino y desde la institución están buscando dar celeridad a los trámites con Hacienda a fin de disponer de los fondos requeridos para pagar por los trabajos realizados.

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