Abogado afirma que sin el derecho a la vida ningún otro tiene sentido

El abogado Francisco Núñez remarcó que las restricciones impuestas por el Gobierno tienen su asidero en el artículo de la Carta Magna que habla del derecho a la vida. El profesional afirmó que, más allá de la necesidad de circular o trabajar, el bien jurídico más importante es la vida y sin esta ningún otro derecho serviría de nada.

Las restricciones por decreto del Poder Ejecutivo no evitaron ayer que miles de personas salieran de sus casas.
Las restricciones por decreto del Poder Ejecutivo no evitaron ayer que miles de personas salieran de sus casas.Archivo, ABC Color

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Contrariamente a la postura que afirma que las personas tienen derecho a circular y abrir sus locales, porque el Gobierno no puede decidir arbitrariamente qué derecho prima sobre el otro, para el abogado Francisco Núñez, las restricciones impuestas por el Gobierno tienen su argumentación en el artículo de la Constitución Nacional que habla del derecho a la vida.

El profesional afirma que el bien jurídico más importante es la vida y que sin este ninguno de los demás tendría sentido, pues los otros solo sirven cuando el ser humano existe biológicamente.

El jurista explicó que comprende el punto de vista del otro sector, que habla de que el derecho a la vida no solamente se refiere a la vida desde el punto de vista de la salud, sino también a la psicología, teniendo en cuenta que el concepto de vida digna del que habla la Constitución es amplio; también podría entenderse que dejar a la gente salir a la calle o a trabajar es brindarles el derecho a vivir dignamente y con salud mental.

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Restricción tiene asidero

Sin embargo, él es de la postura contraria y afirma que en este contexto en el que personas están muriendo y la vida está en riesgo sí es correcta la restricción, pues es más importante salvar a a la gente.

“Existe un método para salvar la confrontación de dos derechos fundamentales: se llama juicio de ponderación. Independientemente de ese método, existe otra postura conocida como el peso abstracto de los derechos fundamentales. El juicio de ponderación establece que, en el plano ideal, los derechos fundamentales no entran en confrontación, sino que producen sinergia y se complementan. Pero se pueden presentar situaciones donde el juzgador que va a interpretar necesariamente tendrá que hacer un balance una ponderación”, explicó el experto.

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Derechos en la misma jerarquía

Entonces, señaló que se deben poner en la balanza los dos derechos fundamentales en debate, que están consagrados en la Carta Magna en la misma jerarquía.

En este escenario, las circunstancias son determinantes para que el juzgador pueda optar por uno de esos derechos. En la opinión del abogado entrevistado, las circunstancias actuales indican que hoy tenemos altos números de contagio, además de un sistema de salud colapsado y un número de muertos que va creciendo. Por lo tanto, para Francisco Núñez, “las circunstancias ameritan que se opte por el derecho a la vida. La piedra angular o el basamento de esos otros derechos reposa justamente en la realidad de que somos seres biológicos. Sin esa existencia biológica, los demás derechos no tienen sentido”, indicó.

Se refirió también a la otra teoría, la del peso en abstracto de los derechos fundamentales, que dicta que se pueden establecer jerarquías de derechos sin necesidad de la ocurrencia de un hecho concreto, en especial cuando la vida está en juego.

“Este derecho en abstracto sin necesidad de un hecho que amerite la aplicación de la ley prevalece sobre los demás derechos”, detalló Núñez.

Concluyó recalcando que la Convención Nacional Constituyente nos da el mensaje de que el bien jurídico más preciado es la vida y que esto se debe tener en cuenta al analizar las restricciones implementadas por el Poder Ejecutivo.

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