A cinco años de la muerte de la niña Vivian, CSJ rechaza chicana

A casi cinco años de la trágica muerte de la niña Vivian Paredes Zanotti Cavazzoni durante un operativo realizado por agentes antidrogas, la sala penal de la Corte Suprema de Justicia finalmente rechazó una de las chicanas de la defensa. Ahora, se espera que se fije nuevamente fecha para la realización del juicio oral y público, que ya se suspendió en dos ocasiones

La niña Vivian Paredes Zanotti, fallecida en junio del 2016.
La niña Vivian Paredes Zanotti, fallecida en junio del 2016.Archivo, ABC Color

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Por unanimidad, los ministros Manuel Ramírez Candia, María Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera declararon inadmisible la apelación general planteada por la defensa de los acusados Ignacio Sosa y Nicolás Cáceres contra una resolución dictada el 26 de agosto del año pasado, por el Tribunal de Apelación de Central.

La misma ratifica la decisión del Tribunal de Sentencia de rechazar la reposición planteada por los abogados Ana María Arréllaga y Daniel Castillo contra la decisión de convocar a juicio oral y público.

Los ministros de la sala penal advierten que la apelación general no es la vía establecida por la legislación vigente para atacar la resolución.

Operativo fatal

Vivian Paredes Zanotti, de 3 años, falleció tras ser baleada durante una persecución realizada por agentes antidrogas en el establecimiento Granja Manuelita, ubicado en la compañía Itá Ybate’i de Nueva Italia, el 18 de junio del 2016. La pequeña viajaba con su familia en una camioneta guiada por su abuelo Ulrico Zanotti Cavazzoni, quien al advertir la presencia de personas armadas –el vehículo utilizado por los agentes no tenía identificación– huyó, lo cual derivó en la violenta reacción de los agentes.

Por alguna razón, los agentes comenzaron a perseguir y acribillar el vehículo en que iban los miembros de la familia, que recibió 60 disparos. Vivian falleció tras recibir un tiro en la cabeza y su tío Alessandro Zanotti, de 30 años, recibió tres disparos.

Supuestamente, los investigadores manejaban la información de que una estructura criminal que operaba en aquella zona del país iba a mover una enorme carga de droga. El dato aparentemente fue comunicado al fiscal Carlos Alcaraz, quien acompañó el procedimiento pero llamativamente nunca fue incluido en la investigación penal.

Los acusados

La acusación en esta causa ya se presentó el 19 de junio del 2017. Los agentes acusados como autores son el exdirector de operaciones de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad), Luis Ángel Servián Rotela, Nicolás Fernando Cáceres Oviedo, Christian Osmar Morán Galeano, José Domingo López Orrego e Ignacio Alcides Sosa Pineda. A su vez, los agentes José del Rosario Sánchez López y Emilio José Vall Sánchez están acusados en carácter de cómplices.

El 7 de diciembre del mismo año el juez Leonardo Ledesma se dispuso que los antidrogas sean juzgados en juicio oral, el cual se hace prácticamente imposible a causa de los recursos dilatorios impulsados por la defensa de los acusados.

El abogado Gilberto Penayo, representante de la familia de la víctima, recordó que esta cuestión estaba pendiente de resolución en la sala penal desde agosto del año pasado. El letrado espera que ahora se pueda convocar nuevamente a las partes para realizar el juicio oral y público, que ya fue suspendido en dos ocasiones – el 18 de julio de 2018 y el 28 de agosto del 2020- a causa de las chicanas de la defensa.

Sanción por chicanas

Precisamente el año pasado, el Tribunal de Sentencia de Central sancionó con multa a los acusados y a sus defensores, justamente a raíz de una serie de acciones dilatorias.

Tras declarar litigantes de mala fe y el ejercicio abusivo de la profesión a los abogados Ana María Arréllaga, Daniel Castillo y Norman Queiroz y a los acusados Nicolás Fernando Cáceres Oviedo, Ignacio Alcides Sosa Pineda, Emilio José Vall Sánchez y José del Rosario Sánchez López, el colegiado les impuso fuertes multas.

Los abogados fueron sancionados con 100 días multa, equivalente a G. 25.320.000 cada uno, mientras que a los acusados se estableció una multa de G. 8.440.000 para cada uno.

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