“La audiencia de conciliación es una instancia voluntaria, no obligatoria, tampoco compulsiva. El señor Fidel Zavala promovió un juicio de ofrecimiento de asistencia alimenticia y la otra parte rechazó la suma ofrecida por él. En ese sentido, decidimos que sea la jueza a cargo del proceso quien determine el monto que realmente corresponde según los parámetros legales”, explicó la abogada Susana López de Quevedo.
“Asimismo, quiero aclarar que el señor Fidel Zavala se encuentra cumpliendo a través del depósito de la suma fijada con la provisoria por el Juzgado. Ese dinero lo depositó en una cuenta judicial habilitada por el Juzgado y se encuentra a disposición de la madre del niño”, arguyó.
La abogada concluyó su argumento al señalar que “en el expediente constan los datos de la cuenta correspondiente”.