Diputados aprueban que Justicia niegue desalojos de adultos mayores y personas con discapacidad en abandono

La Cámara de Diputados aprobó una modificación del Código Procesal Civil que establece que no procederán los juicios de desalojo cuando las personas afectadas sean adultos mayores o con discapacidad que estén bajo obligación de cuidado de los accionantes; es decir, cuando el desalojo genere una situación de abandono por parte de los descendientes. La propuesta ahora pasó al Senado.

Caso reciente de desalojo en Capiatá.
Caso reciente de desalojo en Capiatá.Gentileza

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El proyecto de ley modifica el artículo 612 del Código Procesa Civil y establece que “los juicios de desalojo no procederán cuando la demanda sea dirigida a ascendientes ancianos o personas con discapacidad, cuyo deber legal de cuidado sea atribuible al actor o propietario del inmueble respectivo”.

Como requisito para el rechazo de la acción también se establece que el juicio de desalojo “produjera un estado de vulnerabilidad y abandono, en los términos de Artículo 227 del Código Penal”.

La diputada Del Pilar Medina (ANR, cartista) fue la única oradora, quien argumentó a favor del proyecto, diciendo que la iniciativa busca frenar situaciones cada vez más frecuentes de abandono de adultos mayores o personas con discapacidad, siendo incluso muchos de ellos utilizados para el cobro de subsidios, pero finalmente no son beneficiados con dichos recursos, siendo abandonados a su suerte o, en el mejor de los casos, en asilos.

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