Unánime Tribunal rechazó chicana de Ramón González Daher y deben fijar fecha de audiencia

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Postergan para el año que viene un juicio previsto para este jueves contra Ramón González Daher.
El condenado por usura Ramón González Daher siguió llamando a sus víctimas a exigir pagos.Archivo, ABC Color

LUQUE. En diciembre último, el exdirigente de fútbol Ramón González Daher fue imputado por denuncia falsa y en marzo la Fiscalía de Luque amplió la imputación por presunta extorsión en grado de tentativa y se solicitó arresto domiciliario para el procesado. Inmediatamente, su defensa planteó un recurso de nulidad absoluta en contra de dicha ampliación, pero el Tribunal de Apelación en lo Penal rechazó la chicana.

En fecha 14 de junio, el Tribunal de Apelación en lo Penal conformado por los magistrados Guillermo Zillich, Nidia Fernández Cattebecke y Óscar Rodríguez Kennedy (presidente) rechazó la chicana planteada por la defensa de Ramón González Daher, representada por el abogado Mario Elizeche Baudo, quien solicitó la nulidad absoluta de la ampliación de la imputación.

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Ramón González Daher fue imputado por la fiscala Sandra Ledesma el 30 de diciembre por denuncia falsa y en marzo la agente del Ministerio Público amplió dicha imputación por presunta extorsión en grado de tentativa en contra del denunciante, identificado como Salvador Aquino, víctima de usura del exdirigente deportivo.

La jueza de Luque, Yennifer Insfrán, impuso como medida cautelar el arresto domiciliario de González Daher a pedido de la fiscala Ledesma, pero el Tribunal de Apelación conformado por otros miembros revocó la medida y el procesado obtuvo la libertad ambulatoria.

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Ahora, tras la ampliación de la imputación, la agente del Ministerio Público solicitó nuevamente el arresto del imputado. Luego de la decisión tomada por los jueces Zillich, Fernández Cattebecke y Rodríguez, la jueza Insfrán tiene vía libre para fijar fecha de audiencia de imposición de medidas.

Teniendo en cuenta que la imputación tuvo lugar en diciembre de 2021, la fiscala Sandra Ledesma tiene tiempo hasta el 14 de julio para presentar su requerimiento conclusivo.

Defensor no acepta nueva imputación

El abogado Mario Elizeche Baudo, defensor de Ramón González Daher, “recordó respetuosamente” a los miembros del Tribunal que la medida cautelar impuesta a su defendido por un Tribunal de Alzada sigue vigente “y está siendo cumplida a rajatabla”.

Elizeche considera que es “inviable la convocatoria a una audiencia de imposición de medidas en las que de antemano se visualiza la predisposición del Juzgado de revocar la libertad ambulatoria que le fuera otorgada por el Tribunal de Alzada a Ramón Mario González Daher y decretar el arresto domiciliario del mismo”.

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Además, calificó de “arbitraria y maliciosa” la imputación formulada por el Ministerio Público “fundada en elementos probatorios viciados de nulidad absoluta”, sostiene el defensor.

El Ministerio Público afirmó que existen suficientes elementos para sospechar de la comisión del hecho punible de extorsión en grado de tentativa, razón por la cual solicitó al Juzgado de Garantías que ordene el arresto domiciliario del ya condenado a 15 años de cárcel por usura grave, lavado de dinero y denuncia falsa. Al respecto, esta condena que tuvo lugar en diciembre del año pasado aún no quedó firme debido a las chicanas planteadas por Elizeche Baudo.

La fiscala Ledesma alegó que en esta nueva causa existe peligro de fuga y peligro de obstrucción a la investigación. También la agente ya había solicitado a la magistrada Jennifer Ynsfrán “que aplique el poder de disciplina atendiendo a la excesiva e innecesaria cantidad de incidentes planteados por la defensa”.

El Tribunal rechazó todos los agravios

Los magistrados, por unanimidad, rechazaron cada uno de los agravios planteados por el abogado Elizeche Baudo.

Entre las manifestaciones del Tribunal se destaca que los jueces afirman que una nueva “convocatoria a la audiencia de imposición de medidas no implica que esta será modificada; es más, cuando se realiza el llamado a la audiencia de imposición de medidas puede darse inclusive que al citado no se le imponga medidas de ningún medio, por lo cual no puede sentirse agraviado por dicho acto”, dice el escrito.