Exintendente de Carapeguá deberá resarcir daño a comuna y no podrá consumir bebidas alcohólicas

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Exintendente de Carapeguá Isabelino Silva López.
Exintendente de Carapeguá Isabelino Silva López.

CARAPEGUÁ. El juez de Garantía de este municipio, Hilario Bustos, dictó el A.I. N° 182 por el cual concedió la suspensión condicional del procedimiento al exintendente de Carapeguá, Isabelino Silva López (ANR), imputado y acusado por el hecho punible de “lesión de confianza”, en perjuicio de la Municipalidad local. El magistrado resolvió que el exejecutivo municipal deberá cubrir en tres años el daño patrimonial de G. 75.114.148, causado a la comuna durante su gestión 2014-2015. Tampoco deberá consumir bebidas alcohólicas.

El ex intendente Silva López admitió el hecho de “lesión de confianza” e incluso se comprometió a resarcir el daño patrimonial causado en perjuicio de la Municipalidad local. El exejecutivo comunal no pudo justificar dónde fue a parar los G.75.114.148, correspondientes a los recursos de Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide) y que fueron pagadas por obras no concluidas en siete instituciones educativas, según las especificaciones técnicas.

Durante la etapa preparatoria, el exintendente fue acusado por el representante del Ministerio Público, el fiscal Darío Villagra. En la sustanciación de la audiencia preliminar, el defensor técnico del acusado, abogado Juan Ángel Ramírez Irala, planteó la aplicación de la suspensión condicional del procedimiento a favor de su defendido. Argumentó que el procesado admite el hecho, acepta la salida conclusiva y ofrece la reparación del daño.

La Escuela Básica Nº 2.990 Blasida Páez de la compañía Franco Isla, Caapucumí, donde no se realizaron obras complementarias.
La Escuela Básica Nº 2.990, Blasida Páez de la compañía Franco Isla, Caapucumí, no se realizaron obras complementarias.

Sobre esta causa, el fiscal Villagra, había solicitado que sea elevada a juicio oral y público, pero al plantear el defensor técnico del imputado la suspensión condicional del procedimiento, el representante del Ministerio Público se allanó al pedido.

Atendiendo dichos antecedentes y escuchando a las partes, el juez Bustos, dio lugar al pedido de suspensión condicional del procedimiento. Calificó el hecho punible atribuido al ex intendente Silva López. Asimismo, dispuso suspender a prueba el procedimiento penal por tres años, que es el tiempo en que el exejecutivo comunal deberá pagar cada año la suma de G.25.034.049, hasta cubrir el monto de G.75.114.148.

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Municipalidad de Carapeguá
El exintendente Isabelino Silva López (ANR) deberá devolver a la Municipalidad de Carapeguá G. 75.114.148.

El juez le impuso además algunas obligaciones, someterse a un control judicial trimestral, en la Secretaría del Juzgado de Ejecución Penal de Paraguarí, la prohibición de consumir bebidas alcohólicas u otras sustancias estupefacientes. La prohibición de salir del país, sin autorización judicial y el resarcimiento del daño mencionado. El juzgado podrá revocar su decisión si el acusado se aparta en forma injustificada de las reglas dispuestas y aceptadas.