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Juez ordena tutela general a favor de mujeres del penal de Emboscada

Este artículo tiene 1 año de antigüedad
Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE)
Con corbata rosa, el juez Juan Bautista Silva, del Juzgado Penal de Ejecución de Cordillera, dentro del Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE), donde constató condiciones inadecuadas, el pasado 17 de octubre.Gentileza

El juez Juan Bautista Silva dispuso de oficio una tutela jurisdiccional de carácter general a favor de las 651 reclusas del Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE) ante condiciones inadecuadas en el penal. Con ello, exige el cumplimiento efectivo de los derechos humanos y penitenciarios garantizados por normativas nacionales e internacionales.

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La tutela jurisdiccional de carácter general a favor de las 651 reclusas, en su mayoría que provienen del ex Buen Pastor, fue emitida ayer por el juez Juan Bautista Silva, del Juzgado Penal de Ejecución de Cordillera, tras un control realizado el 17 de octubre en el Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE).

Durante la inspección, el juzgado verificó deficiencias en infraestructura, alimentación, ventilación y acceso a información sobre los derechos de las internas.

El juez Silva puntualizó la necesidad de mejorar la logística alimentaria, optimizar la presión de agua, instalar ventiladores en los pabellones y garantizar condiciones mínimas de higiene, iluminación y ventilación.

Lea más: Ministro de Justicia reconoce “falencias” en alimentación y agua en el Comple: antes se complementaban con visitas

Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE)
El juez Juan Bautista Silva, del Juzgado Penal de Ejecución de Cordillera, durante la verificación en el Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE).

Derechos humanos y normas internacionales

En su resolución, el juez recordó que el Paraguay está obligado a respetar las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas de Mandela), que establecen la dignidad humana como principio rector.

Citó también los artículos 3 y 5 del Código de Ejecución Penal, que garantizan la separación entre procesadas y condenadas y la preservación de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad.

Fachada del Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE).
Fachada del Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE).

Orden judicial con plazo de cumplimiento

El fallo dispone que todas las irregularidades sean subsanadas en un plazo de 22 días hábiles, bajo apercibimiento de ley. Cumplido ese tiempo, el Juzgado de Ejecución se constituirá nuevamente en el penal para verificar el cumplimiento efectivo de las medidas.

“De no cumplirse la resolución a favor de las internas, serán procesadas las autoridades del Ministerio de Justicia, tanto por instrucciones de Paraguay como por organismos internacionales de derechos humanos. Tienen plazo de 22 días hábiles para cumplir y el juzgado irá a controlar”, refirió el juez.

Además, se remitió copia íntegra de la resolución al Viceministerio de Política Criminal y a la Dirección del penal, para la ejecución inmediata de las disposiciones. En caso de incumplimiento, el juez advirtió que los antecedentes serán elevados a las instituciones correspondientes.

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El juez Silva señaló que la tutela se dicta “de oficio” en cumplimiento de los artículos 19 y 294 del Código de Ejecución Penal, que facultan al magistrado a actuar ante situaciones urgentes que vulneren derechos humanos dentro del sistema penitenciario.

Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE)
En el área de cocina del Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE) , el juez Juan Bautista Silva, del Juzgado Penal de Ejecución de Cordillera, verificando las condiciones, el pasado 17 de octubre.

Antecedentes en Emboscada

El Juzgado de Ejecución penal Cordillera, en 2023, ya había dictaminado una similar tutela con relación al penal de Emboscada Antigua, a favor de todos los internos.

El juez indicó que, en aquella ocasión, acudió al penal para verificar el acatamiento efectivo en el plazo de 22 días establecido y constató que se dio cumplimiento a lo dispuesto en su resolución.

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