Circular con motocicletas, ciclomotores, triciclones, cuatriciclones o motocargas con escape libre o sin silenciador constituye una infracción a la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N.º 5016/14, sancionada con multas que superan el millón de guaraníes.
Según el artículo 77 de la mencionada Ley, está prohibido el uso de escapes que no controlen o limiten la generación de ruidos, ya que alteran el orden público y afectan la convivencia ciudadana.
El reglamento también establece que los niveles máximos de ruido deben ajustarse a las disposiciones nacionales vigentes.
La sanción por incumplimiento equivale a 10 jornales mínimos (G. 1.115.020), lo que refuerza la importancia de mantener los vehículos en condiciones técnicas adecuadas.
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Más que una infracción, una cuestión de respeto
El uso de escapes libres, especialmente en motocicletas, genera ruidos molestos que afectan a vecinos, peatones y conductores, provocando contaminación sonora y distracciones en el tránsito.
Cumplir con esta normativa no solo evita sanciones, sino que favorece una mejor convivencia y un ambiente vial más ordenado y seguro.
Cada conductor tiene la responsabilidad de mantener su vehículo en condiciones adecuadas y ser parte de una movilidad más silenciosa, segura y respetuosa para todos.
