El juez penal de garantías especializado en Delitos Económicos Humberto Otazú concluyó hoy la audiencia preliminar con relación a nueve de los catorce acusados por el caso “mafia de los pagarés”, específicamente con relación a las causas tramitadas ante el juzgado de Paz de la Catedral, segundo turno.

En la oportunidad, el magistrado admitió la acusación presentada por los fiscales Belinda Bobadilla, Leonardi Guerrero y Jorge Arce en contra de la jueza Nathalia Guadalupe Garcete Aquino (actualmente suspendida), la actuaria Olivia Asunción Mosqueda Núñez y los abogados Sun Young Bang, José Ignacio Olmedo Lansac y Juan Alberto Bogado.
En la audiencia, la jueza Garcete, la actuaria Mosqueda y el abogado Lansac solicitaron sobreseimiento definitivo pero el magistrado rechazó dichas pretensiones.
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Fiscala adjunta deberá definir postura sobre ujieres
Por otro lado, los ujieres Edgar Fabián Ayala Melo, Alfredo Samudio Benítez, Oscar Fernando Rivela Gregor y Cristian Daniel Martinez Meaurio solicitaron la suspensión condicional del procedimiento.
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Con relación a los pedidos de Ayala Melo y Samudio Benitez, la Fiscalía se allanó a la solicitud de la defensas pero el juzgado dio trámite de oposición a ese cambio de postura. En consecuencia, la fiscala adjunta Soledad Machuca deberá definir la posición final del Ministerio Público.
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Situación de abogados acusados en caso “mafia de los pagarés”
Los abogados Young Bang y Bogado se allanaron al pedido de apertura a juicio oral y público por considerar que es el escenario adecuado para discutira la cuestión.

Por su parte, el abogado Olmedo Lansac solicitó sobreseeimiento definitivo tras alegar que no tuvo participación en los hechos acusados, pero el juez rechazó su petición tras concluir que los argumentos vertidos deben ser debatidos en juicio oral y público.
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Suspensión condicional del procedimiento, descartada
A su turno, las defensas de los oficiales de justicia Oscar Fernando Rivela Gregor y Cristian Daniel Martinez Meaurio solicitaron suspensión condicional del procedimiento, pero la Fiscalía se opuso tras argumentar que ellos no admitieron los hechos, requisito indispensable para beneficiarse con dicha salida procesal.
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Finalmente, el juez rechazó la petición de la defensa porque considera que al sostener la Fiscalía la existencia de varios hechos punibles, se descarta la posibilidad de que puedan acceder a dicha salida procesal.
Otazú destacó además, que el juzgado debía atender la igualdad procesal, pues por el mismo motivo descartó idéntica petición formulada por la defensa de otros dos ujieres a los que Fiscalía se había allanado.
