La recusación planteada por el exdiputado colorado Tomás Fidelino Rivas Benítez fue rechazada por los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Alberto Martínez Simón; por lo que se confirma la integración de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para estudiar el recurso extraordinario de casación promovido por el fiscal anticorrupción Luis Piñánez, quien pide anular el sobreseimiento definitivo del exlegislador y que se realice un nuevo juicio oral por el caso de sus “caseros de oro”.
Rivas argumentó su recusación contra los ministros del máximo tribunal, señalando que los mismos ya habían intervenido en la presente causa en dos ocasiones, disponiendo la integración del Tribunal de Apelación Segunda Sala; y que además ya emitieron opinión escrita acerca de cuestiones procesales que guardan relación directa con la validez del trámite y con la actuación del tribunal de alzada.
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Empero los miembros de la Sala Penal concluyeron que las circunstancias apuntadas por el recusante no tienen entidad siquiera para configurar una causa válida de apartamiento y que no se puede hablar de una intervención anterior de los ministros en otra instancia, función o cualquier otro modo, ya que las resoluciones dictadas anteriormente fueron en el ejercicio de su obligación de decir el derecho, lo que de ninguna manera puede ser sustento para apartar a un juzgador.
“La mera disconformidad que le generan al recusante los ministros que integran la Sala Penal en estos autos, no pueden ser fundamento de una recusación, puesto que la confianza o la falta de ella respecto del juzgador, no es requisito establecido por la ley procesal penal ni por las demás leyes administrativas y organizativas, para atribuir al magistrado jurisdicción o competencia en una causa”, resalta parte del Auto Interlocutorio N° 95 del pasado 10 de abril por el cual rechazaron la recusación.
Fiscalía pide juicio a Tomás Rivas por sus caseros de oro
La casación planteada por el fiscal Luis Piñánez es contra la resolución del Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala, de la Capital que en diciembre de 2025, en mayoría, confirmó la resolución del Tribunal de Sentencia que, en un segundo juicio oral, dictó el sobreseimiento definitivo del exdiputado Tomás Fidelino Rivas (ANR - cartista), por reparación del daño, del proceso por presunta estafa con sus “caseros de oro”.
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Específicamente el tribunal de alzada ratificó el sobreseimiento definitivo del exparlamentario colorado con los votos de los camaristas Agustín Lovera Cañete y María Belén Agüero, quienes luego de analizar los argumentos de la apelación planteada por el entonces fiscal anticorrupción Diego Arzamendia (actualmente fiscal adjunto de Canindeyú), resolvieron confirmar el Auto Interlocutorio N° 299 del 23 de abril de 2024.

Mediante dicho fallo el Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Laura Ocampo e integrado por Fabián Weisensee y Juan Pablo Mendoza, en la etapa incidental, hizo lugar al planteamiento de la defensa y dictó el sobreseimiento definitivo del exlegislador, con el argumento que el daño ocasionado al Estado, mediante la Cámara Baja, fue reparado.
Por unanimidad el Colegiado de Sentencia validó el acuerdo firmado el 22 de noviembre de 2021 entre Tomás Rivas y Pedro Alliana, en ese entonces presidente de la Cámara de Diputados y actual vicepresidente de la República, por la suma de G. 121.208.000 en concepto de reintegro a la Cámara Baja.
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Tomás Rivas reparó daño, según camaristas
En su voto el camarista Agustín Lovera Cañete concluyó que con el sobreseimiento definitivo del exdiputado Tomás Rivas no existe vulneración de normativas de grado constitucional ni procesal, que ameriten una corrección, como tampoco ningún vicio en la resolución recurrida por el Ministerio Público.
Lovera Cañete agregó que el monto del perjuicio causado al Estado, según la acusación fiscal del 22 de noviembre de 2019 y al A.I. N° 885 del 2 de diciembre de 2020 (auto de apertura), es de G. 47.000.000, por lo que el magistrado resalta que el exdiputado Tomás Rivas “ya ha realizado un acuerdo de voluntades con la Cámara de Diputados así como con la Procuraduría General de la República”.
Al respecto añadió que Rivas llegó a un acuerdo primeramente por un monto de G. 121.208.300, y en segundo término, por un monto de G. 47.000.000, por lo que, a criterio del magistrado, se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 25 inc. 10) del Código Procesal Penal, habiéndose resarcido a la víctima directa, que es la Cámara de Diputados, como así también al Estado paraguayo representado por la Procuraduría General de la República.
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Por su parte la camarista María Belén Agüero se adhirió al voto de su colega Agustín Lovera Cañete, quien puntualizó también que mediante Nota PGR N° 462/2024, remitida por el entonces Procurador General de la República, Dr. Marco Aurelio González, la institución expresó que “…la Procuraduría General de la República no tiene ningún reclamo que realizar al señor Tomás Fidelino Rivas Benítez…”
Antecedentes del caso “caseros de oro”
El exdiputado cartista por Paraguarí fue imputado en mayo del año 2018 por el caso de los “caseros de oro” luego de que una investigación periodística demostrara que tres empleados particulares suyos estaban asalariados en la Cámara de Diputados.
Pero en diciembre de 2021, tras decenas de chicanas, el tribunal de sentencia integrado por los jueces Héctor Capurro Radice, Cándida Fleitas (voto en disidencia) y Juan Carlos Zárate Pastor, declaró la extinción de la acción penal y ordenó el sobreseimiento definitivo de Tomás Fidelino Rivas del proceso por presunta estafa.
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El presidente del tribunal, Héctor Capurro, argumentó que la extinción de la acción sucedía porque “no existe perjuicio patrimonial contra la Cámara de Diputados, ya que mediante un acuerdo que fue firmado el 22 de noviembre de 2021, el acusado reparó integralmente el daño ocasionado”, según alegó.
Tribunal validó acuerdo de Rivas con Alliana
El acuerdo fue firmado por el acusado y el entonces presidente de la Cámara Baja y actual vicepresidente de la República, Pedro Alliana (ANR, cartista), y establecía que el cuerpo legislativo ya no tiene reclamo alguno que hacer, bajo ningún concepto, al exparlamentario acusado, atendiendo que el mismo depositó G. 121.208.000 en concepto de reintegro a Diputados.

El monto referido corresponde a los salarios cobrados irregularmente por los caseros Lucio Romero Caballero, Nery Franco González y Reinaldo Chaparro Penayo, como supuestos funcionarios del Congreso. El 28 de junio de 2021 los “caseros de oro” fueron condenados a 2 años con suspensión a prueba de la ejecución de la condena.
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El sobreseimiento definitivo fue anulado, pero en un segundo juicio Rivas volvió a ser sobreseído, lo que fue confirmado por la Cámara de Apelaciones, con votos en mayoría; y ahora es atacado por el Ministerio Público mediante el recurso de casación.
