El negocio las prórrogas: adjudican obras viales sin tener la zona liberada

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Un conocido “modus operandi” del Ministerio de Obras Públicas consiste en licitar, adjudicar y dar la orden de inicio de importantes obras viales sin tener la zona de camino totalmente liberada.

Si los trabajos se ven entorpecidos por esta causal y los plazos contractuales se alargan, el costo final de las obras tenderá a trepar mas allá de toda previsión. Práctimante es de rigor que el MOPC ordene el inicio de los trabajos antes que la zona de camino haya sido liberada en su totalidad.

Incluso como se trata de una costumbre muy arraigada, es común que las empresas tengan la certeza de esta realidad antes de la apertura de las ofertas. Y en el caso de contratistas inescrupulosos, la “timba de la reprogramación” les otorgará ventaja para modificar repetidamente a su favor el plan de trabajo, buscando condicionar la marcha de los trabajos y márgenes de beneficio. Se entiende como franja de dominio de una ruta, al terreno comprendido entre los alambrados, donde se construirá los terraplenes, alcantarillas, puentes, canales de desagues, etc. Por lo general para rutas troncales, la franja de dominio tiene un ancho de 100 m, los caminos secundarios 50 m de ancho, y en los caminos vecinales varíen entre 30 a 25 m.

Dado el caso para evitar las especulaciones a través de los plazos contractuales, el Ministerio debería aclarar cómo se implementarán la indemnizaciones de los porcentajes que falta liberar en cada sección o tramo ante que los trabajos arranquen (descontando los propietarios que no opondrían objeción alguna a las obras que les beneficiará). Por lo general, el MOPC acostumbra que la empresa pague las indemnizaciones, con la promesa que será reembolsado a través de los certificados de obra (¿?).

Y de presentarse dificultades para trabajar en determinados tramos, confían que será posible abrir otros frentes de obra en la medida que se vayan solucionando los problemas. Por su parte las empresas aducen, que como el catastro territorial y económico de la franja de dominio no forma parte de los Pliegos de Licitación, no permite conocer de antemano el problema. Y cuando se realiza el recorrido de una obra para reconocer el terreno [objeto de la licitación], con una inspección visual previa, no es posible precisar si tal o cual propiedad está incorporada a la franja de dominio. Y respecto a los porcentajes que podría estar liberados, solo se sabrá a medida que se vayan abriendo los distintos frentes de trabajo.

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Responsabilidad indelegable del MOPC Cuando el Ministerio licita la construcción de una ruta, antes de empezar los trabajos, el espacio que corresponde a la franja de dominio debe permitir a la contratista ejecutar con normalidad los trabajos previstos; construcción de terraplenes, paquete estructural, banquinas y taludes. Extracción lateral, alcantarillados, pontillones, y obras complementarias como cunetas de desagues, canaletas revestidas, disipadores de energía, drenes laterales, subdrenes, etc. Incluso correr los alambrados donde la franja de dominio no tiene los 100 m de ancho requerido.

También puede que por razones técnicas o de diseño, una o mas secciones del proyecto se aparte del camino existente y la nueva traza cruce campos privados con cuyos propietarios ya se debió negociar. Se entiende entonces que para que se cumplan los plazos contractuales, la contratista deberá disponer libremente de la zona de camino en toda su extensión, para que los trabajos no se vean entorpecidos. Vale decir que al MOPC como responsable directo del estudio proyecto y diseño de la obra, le corresponde la tarea de relevar y catastrar previamente la zona de camino y cualquier otro predio que será afectado por los trabajos (yacimientos de suelo seleccionado, ripieras, etc), identificar a los propietarios, y negociar la liberación de las zonas de las obras antes del inicio de las trabajos y evitar así una posible causal de dilaciones.

Las medias antes que los zapatos En algunos países de la región, es de rigor que antes que el organismo comitente venda los pliegos, licite la mensura de toda la franja de dominio, incluido los trámites de inscripción en catastro y el registro de propiedad a nombre del ente oficial, en este caso el Ministerio. La razón es simple, el catastro territorial, económico y jurídico de la ruta permite mantener actualizado el inventario vial, lo que en el caso de una licitación permite. Además desglosar de cada propiedad afectada por la obra, la fracción de terreno que se incorporará al patrimonio de la repartición, a efectos del descuento impositivo por la disminución de superficie que sufre la propiedad.

Calcular la alicuota que corresponde a un impuesto denominado “contribución de mejora” por valorización de la propiedad que se cobra a los frentistas beneficiados por la obra (impuesto que no existe en nuestro país). Por último, emplear el valor intrínseco de la franja de dominio legalmente inscripto, como parte de la contrapartida local que pudiera corresponder por exigencia del crédito externo obtenido para la construcción de la obra

Obra que se prolonga en el tiempo se encarece. Podemos concluir entonces que la no liberación del 100 % de la franja de dominio, podría considerase como una desidia por parte de los planificadores del Ministerio. Lamentablemente se trata de un hecho bastante común y recurrente en importantes obras que licita y adjudica el MOPC. En la medida que uno o mas propietario impidan u obstruyan el acceso a las maquinarias de la empresa exigiendo indemnizaciones (como comúnmente ocurre) se extenderá los plazos para concluir los trabajos.

Y si tenemos en cuenta que se trata de una causal no imputable a las contratistas, dado este caso, el costo de la obra podría dispararse mas allá de cualquier previsión, teniendo en cuenta que se deberá amortizar los mayores gastos generales, sumado los sucesivos ajustes de precios con solo aplicar las fórmulas de mayores costos.

Estas “pifiadas” del Ministerio, legalmente les permite a las contratistas justificar sucesivas prórrogas de plazos, y con ello el encarecimiento de la obra u otras consecuencias que pudiera acarrear.