Explican sobre supuestas irregularidades en Erssan

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El Ente Regulador de Servicios Sanitarias (Erssan) dio explicaciones sobre presuntas irregularidades detectadas por la Contraloría General de la República, en el ejercicio 2013.

Ante la denuncia de que Erssan no expuso en sus estados contables el importe de G. 1.337.730.337 y que existiría alta probabilidad que no perciba de la Essap ese monto, debido a que la empresa previsionó íntegramente dichos créditos, el Ente Regulador emitió un comunicado, que se expone íntegramente a continuación:

La primera aclaración que debe hacerse es que la Contraloría hizo observaciones respecto a la gestión anterior y no corresponde a la actual administración. Igualmente, es importante entender que la situación a la que hace referencia la nota de abc es reiterativa y muy fácil de entender con siguientes puntualizaciones:

El Ente Regulador de Servicios Sanitarios (ERSSAN) debería percibir el 2% de todas las facturaciones emitidas y efectivamente cobradas por los Prestadores del Servicio de Agua de todo el país, que cuentan con más de 200 usuarios, incluyendo a ESSAP. Eso es lo que se establece en la Ley 1614/2000.-

Esta es una Tasa Retributiva del Servicio (TRS) que debe ser depositada a favor del ERSSAN, para el cumplimiento de su misión institucional.

El monto al que se refiere la publicación de G.1.337.730.337, no puede ser trasferido a ERSSAN debido a que la ESSAP lo contabilizó como cuentas incobrables. Esa cifra representa el monto que el Ente Regulador debía percibir por los 66.886.516.850 facturados por la ESSAP, según marca la ley mencionada. Sin embargo, por sobrepasar este monto a 3 años de deuda, la Essap contabilizó como Cuentas Incobrables

En teoría, el ERSSAN debía percibir el 2% sobre todas las facturaciones emitidas y cobradas por ESSAP (monto que está incluido en todas las facturas de dicho ente) a través de un depósito bancario y con la declaración jurada correspondiente.

Debido a que la ESSAP no realiza la transferencia, el Ente Regulador no lo puede incluir en sus estados contables.

Igual situación corresponde al otro monto mencionado en el artículo, unos G. 926.448.437 que tampoco fue transferido a ERSSAN y por tanto quedó nuevamente sin percibir en concepto de Tasa Retributiva del Servicio (TRS)

En el caso de la Itaipú Binacional que provee agua a través de un sistema a parte de Ciudad del Este, Hernandarias y Pte, Franco. No paga al Erssan la Tasa Retributiva del 2%, debido a que la provisión lo hacen en forma gratuita y por lo tanto aún con las gestiones realizada por el Erssan no cumplen con la normativa ya que ésta señala que deben abonar sobre la facturación efectivamente cobradas. En la misma situación se encuentra la Entidad Binacional Yasyretá que provee agua en forma gratuita también.

Con relación a la observación al "Convenio de Préstamo N* 7710-Py, proyecto de modernización del sector agua y saneamiento" aprobado por ley N* 3928, dicho Convenio coordina y administra el MOPC. ERSSAN es uno de los beneficiarios junto con SEAM, ESSAP, SENASA y DAPSAN.

Sin embargo, siendo beneficiarios del Convenio, ERSSAN y SEAM no administran los recursos del Proyecto. ERSSAN cuenta -de este proyecto- solo con dos consultorías y dos camionetas; cuyos documentos aun están en gestión, razón por la cual no puede incorporarse a los estados contables.

Todas las observaciones realizadas por la Contraloría, al ejercicio 2013, corresponde en gran medida a la administración anterior