Colorados odian la transparencia

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En busca de desentrañar la construcción legal con la que el gobierno colorado Cartes/Abdo pretende mantener para uso discrecional de sí mismo los fondos “socioambientales” de las binacionales, el miércoles pasado, 26 de mayo, entrevisté, en “Mesa de Periodistas” de ABCTV, a Magnolia Mendoza, la directora jurídica de Itaipú.

La doctora Mendoza detalló el mecanismo por el que dichos fondos se blindan ante cualquier control: Se formalizan con la firma de ambos directores para darles “binacionalidad”.

El argumento es que los tratados binacionales garantizan autarquía presupuestaria y autonomía administrativa a las binacionales y que, por tanto, lo “binacional” no puede ser controlado por los Estados parte en los términos actuales de los tratados (de Itaipú y Yacyretá).

La doctora Mendoza no especificó qué disposición específica del tratado de Itaipú impide a la Contraloría General de la República cumplir sus funciones detalladas en el Artículo 283 inciso 4 de nuestra Constitución, pero supongo que no lo hizo por esa concepción señalada antes, que se da por sentada.

Le dije que la NO “binacionalidad” del uso de los fondos “socioambientales” en Paraguay se observa fácilmente al mirar las asignaciones (competencias deportivas de la iglesia del pastor Emilio Abreu, por ejemplo) pues ellas demuestran iniciativa paraguaya en las mismas, a lo que me respondió que incluso la iniciativa de dar dinero al pastor Abreu se solicita binacionalmente con la firma de los dos directores, el paraguayo y el brasileño.

La doctora Mendoza se negó en todo momento a admitir que la iniciativa de asignar dinero de la binacional al lado paraguayo proviene del lado paraguayo.

Lamentablemente para los diseñadores del discurso jurídico de Itaipú sobre lo anterior, al día siguiente entrevisté, en “La Primera Mañana” por la 7.30 AM ABC Cardinal, a la diputada Kattya González, quien refutó el argumento de la iniciativa “binacional” de las asignaciones de los fondos “socioambientales” recordando el caso de la reasignación de los fondos del puente a Puerto Murtinho a Salud por orden del presidente Mario Abdo Benítez. O la iniciativa es paraguaya, o los fondos están bajo administración paraguaya, en cuyo caso se aplica de pleno derecho lo que dispone al Artículo 178 de nuestra Constitución que los convierte en recursos indubitables del Estado, sujetos sin discusión a control nacional.

Esa misma noche del 26, de nuevo en “Mesa de Periodistas”, Miguel Gómez, director de Coordinación de Itaipú, confirmó la tesis de la diputada González al relatar que ellos (Itaipú lado paraguayo) preguntan al ministerio de Salud, por ejemplo, “tenemos recursos, ¿en qué quieren que los invirtamos?”, corroborando que la iniciativa de uso en Paraguay de fondos “socioambientales” de nuestras binacionales es paraguaya y no “binacional”.

La Corte Suprema, con una mayoría sumisa al gobierno Cartes/Abdo, seguramente favorecerá a la discrecionalidad en base a la línea de la doctora Mendoza, pero eso ya no oculta la verdad, que es que, tanto si la asignación de recursos “socioambientales” en Paraguay de las binacionales es a iniciativa paraguaya como si están bajo administración paraguaya, son patrimonio del pueblo paraguayo, que tiene derecho a controlarlos.

evp@abc.com.py