ABC
28 de octubre de 2026
Madrugada ABC
ABC TV de 00:00:00 a 04:59:00
Ver ABC TV
Madrugada ABC
ABC Cardinal AM de 00:00 a 04:59
Escuchar ABC AM
Solo Música
ABC FM 00:00 a 05:59
Escuchar ABC FM
Madrugada ABC
ABC TV de 00:00:00 a 04:59:00
Ver ABC TV
19º
Ahora
ver más
19º
Ahora
HOY
Min
19º
Máx
28º
undefined 2026-10-29
Min
17º
Máx
27º
undefined 2026-10-30
Min
15º
Máx
29º
undefined 2026-10-31
Min
17º
Máx
31º
undefined 2026-11-01
Min
18º
Máx
35º
undefined 2026-11-02
Min
20º
Máx
26º
Cotizaciones del día
DOLAR
Compra
5.720
Venta
5.970
PESO
Compra
1
Venta
10
REAL
Compra
1.080
Venta
1.190
EURO
Compra
6.100
Venta
6.850

Corte pone en vigencia acordada “antichicana”

Este artículo tiene 1 año de antigüedad
La plenaria de la Corte Suprema de Justicia del pasado miércoles en donde se aprobó la acordada “antichicana”.
La plenaria de la Corte Suprema de Justicia del pasado miércoles en donde se aprobó la acordada “antichicana”.Gentileza

Los denominadas chicanas que traban numerosos procesos motivaron que la Corte Suprema apruebe una acordada que reglamenta las sanciones disciplinarias para procesados y sus defensores. El cambio sucesivo de defensa, recusaciones reiteradas contra magistrados y la actuación coordinada de las partes para entorpecer el desarrollo del proceso son objetos de penas.

Agregá ABC a Google como fuente preferida en tus búsquedas.

Según lo que establece el Art. 3° de la acordada aprobada por el máximo tribunal, serán considerados sujetos pasibles de una sanción disciplinaria quienes actúen en contra del principio de buena fe, ya sea con mala fe, o con temeridad o con abuso del Derecho, tanto en audiencias o actuaciones escritas, y ya sean estas en formato electrónico o formato papel.

“El sujeto pasible comprende a las partes del proceso, ya sean agentes fiscales y funcionarios del Ministerio Público, víctima, querellas adhesivas o autónomas, procesados, cualquier profesional que los representen o patrocinen, defensas públicas o privadas, cualquier persona presente en salas de audiencias, cualquier persona que actúe en el proceso como auxiliar de la Justicia, ya sean peritos, policías, testigos, entre otros”, puntualiza parte la acordada.

Agrega que el hecho de que un acto o planteamiento sea realizado varias veces, pero por distintos profesionales del derecho, ya sean representantes legales o patrocinantes, no exoneran a estos de responsabilidad alguna, ni a su representado.

De acuerdo con lo aprobado por la máxima instancia judicial, entre los motivos que pueden exponer a una sanción disciplinaria están el cambio sucesivo de abogados sin necesidad o justificación y plantear reiteradas recusaciones contra magistrados. Señala como responsables al representado o cualquiera quien lo represente o patrocine.

También pueden ser sancionados quienes planteen reiteradas recusaciones contra agentes fiscales, siendo responsables el representado o cualquiera quien lo represente o patrocine; plantear recusaciones o recursos al inicio de audiencias, pese de haber tenido tiempo suficiente para hacerlo con anterioridad, siendo responsable el representado o cualquiera que lo represente o patrocine.

La acordada también establece como motivo de sanción el hecho de plantear recursos notoriamente impertinentes, buscar fuera de las normas procesales la salida del expediente de su circunscripción natural y realizar despidos de abogado en plena audiencia.

Lo
más leído
del día

01
02
03
04
05

Te puede interesar