Tras finalizar las sesiones de audiencia preliminar, bastante incidentada, la jueza penal de garantías Especializada en Crimen Organizado Rosarito Montanía, mediante su Auto Interlocutorio (AI) N° 1, resolvió elevar a juicio oral y público la causa “Glauber Fernández Dubal y otros s/ violación a la Ley N° 4.036/10 portación y tenencia de armas y otros Ley N° 1340/88”. En esta están acusados 10 extranjeros, detenidos en la estancia “Allaite” y de quienes se sospechan serían operadores logísticos de Sebastián Marset y Tío Rico.
En dicha investigación fueron acusados los brasileños Glauber Fernández Dubái (42), Adalberto Riveiro Machado (37), Jonathan Da Silva Brum (31), Bruno Wesley Borges Amador (27) y Rhuan Da Silva Aires (24); y los bolivianos Carlos Andrés Cuellar Garrido (24), Franklin Muñoz Sossa (39), Jesús Wilfredo Muñoz Espindola (38), alias Paye, Ysaias Ayala (30) y Eduin Osinaga Vias (32).
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Los 10 extranjeros fueron acusados por tráfico internacional de sustancias, tanto por la introducción (art. 21) como por la remisión (art. 26) y asociación criminal (art. 42) de la Ley N° 1.340/88 de Drogas y sus modificatorias; igualmente, por detentación, penalizado por el artículo 94 de la Ley N° 4036/2010, que actualmente fue derogada por la vigente Ley N° 7.411/2024.
Para los investigadores, los procesados serían operadores logísticos de la estructura criminal presuntamente liderada por Sebastián Marset y Miguel Ángel Insfrán Galeano, alias Tío Rico. El último, actualmente, afronta juicio oral y público por el caso A Ultranza, en tanto que el primero está prófugo.
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Todos los procesados fueron detenidos durante un allanamiento hecho, en forma conjunta, por el Ministerio Público, encabezado en aquella ocasión por el fiscal Andrés Arriola, y policías del Departamento Antinarcóticos de la Policía, el 23 de febrero de 2024, en la estancia “Allaite”, ubicada en la zona de Sierra León, distrito de Bahía Negra, departamento de Alto Paraguay-Chaco, frontera con Bolivia.
La acusación del caso, debido a que Arriola fue recusado, estuvo a cargo de la ahora ex fiscala Laura Ávalos y, al tiempo de la audiencia preliminar, el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Jorge Armando Benítez Orué.
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Incidentes alargaron dos meses la audiencia preliminar
En su resolución la magistrada dejó constancia de que, desde el inicio de la audiencia preliminar “se plantearon situaciones que impidieron el avance normal de la misma”. Al respecto señaló en las fechas 4, 14 y 21 de noviembre y 2, 9 y 29 de diciembre, las sesiones quedaron suspendidas por incidentes varios que se plantearon a lo largo de la diligencia.
La jueza Montanía recalcó que “dichas suspensiones no fueron por causas imputables al Juzgado”.
La abogada Mirian Celeste Palacio Rótela, quien ejerce la defensa de los acusados Glauber Fernández, Adalberto Riveiro, Jonathan Da Silva, Bruno Borges y Rhuan Da Silva, planteó la nulidad de la denuncia, del allanamiento, del acta de procedimiento, incidente de violación de la cadena de custodia de la aeronave incautada, además de la nulidad por presentación extemporania de los dictámenes periciales. Todos estos incidentes fueron rechazados.
Igualmente la abogada Palacio Rotela planteó el incidente de nulidad de la segunda imputación, nulidad por falta de intérprete de la audiencia indagatoria, incidente de nulidad de todo el procedimiento y la consecuente aplicación de la expulsión de los brasileños. Estos, también le fueron denegados por la jueza.
La misma profesional del derecho formuló el incidente de nulidad absoluta de la acusación, incidente de exclusión del dictamen pericial por la presentación extemporanea y el incidente de sobreseimiento definitivo. Todos estos, en relación a Eduin Osinaga, los cuales le fueron rechazados por la jueza.
Por su parte, el abogado Daniel Garcete, defensor de Carlos Cuellar, Franklin Sossa, Jesús Muñoz e Ysaias Ayala, presentó incidentes de nulidad de la acusación y su consecuente sobreseimiento definitivo, de criterio de oportunidad y expulsión al país de origen, los cuales le fueron rechazados.
Además de los citados profesionales del derecho, también intervino en la defensa de los acusados el ex ministro de Educación, abogado Horacio Galeano Perrone.
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Incautaron narcoavioneta, GPS y armas de fuego
En aquel procedimiento realizado el 23 de febrero de 2024, a las 6:30, en la estancia “Allaite”, de Sierra León, distrito de Bahía Negra, departamento de Alto Paraná, no solo fueron detenidas las 10 personas hoy acusadas y que deberán afrontar juicio, sino también otros varios elementos que los incriminan en la actividad del tráfico internacional de estupefacientes.
El principal elemento incautado es un avión Cessna 210 Centurión, blanco, monomotor, con bandera boliviana, matrícula adulterada CP-3177. La misma fue sometida a una pericia de microaspirado, mediante la cual se determinó la existencia de partículas de cocaína en su interior.
También se incautó un aparato de GPS, que fue sometido a una extracción de datos y, a través de la cual se pudo constatar que, la misma aeronave ha realizado recorriendos por países de la región como Argentina, Bolivia, Uruguay, Brasil.
Además, por nota de la DINAC N° 565/2024, del 19 de abril de 2024, la autoridad aeronáutica informó que la matrícula consignada en el Cessna 210 en realidad se inscribió a nombre de la empresa boliviana “ECOAVIATION SRL” y pertenecía a un helicóptero.

Por otra parte, los procesados tenían en su poder dos fusiles Cold, de procedencia americana, uno con serie N° RHS00352 y el otro con serie N° RH300356, ambos de calibre 7.62x39 mm. Cabe resaltar que, estas armas armas están clasificadas como de uso privativo de los órganos de seguridad del Estado.
Sobre ambos fusiles, la Policía remitió informe técnico balístico, el cual señalaba que las armas de fuego que fueron incautadas, eran aptas para disparar, decía “armas de fuego aptas para disparar, pero de anormal funcionamiento”.
