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Juez electoral intima a municipios de Central a retirar propaganda política

Este artículo tiene 3 años de antigüedad
El periodo legal para la realización de propaganda electoral inició el 6 de noviembre y estuvo vigente hasta el pasado 15 de diciembre.
El periodo legal para la realización de propaganda electoral inició el 6 de noviembre y estuvo vigente hasta el pasado 15 de diciembre.

El juzgado electoral de Central a cargo del Dr. Modesto Núñez intimó a los 19 municipios del departamento Central a retirar la propaganda electoral extemporánea que quedó de las elecciones internas simultáneas de diciembre pasado. La intimación se da tras el incumplimento de los partidos políticos y la falta de sanción de los municipios.

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Los 19 municipios del departamento Central fueron intimados por el juez electoral Modesto Núñez, dentro del plazo de 5 días, a retirar toda la propaganda electoral que exista en sus jurisdicciones y que no haya sido retirada por los respectivos partidos políticos.

Estos municipios son los de: Areguá, Capiatá, Fernando de la Mora, Guarambaré, Itá, Itauguá, J. Augusto Saldívar, Lambaré, Limpio, Luque, Mariano R. Alonso, Nueva Italia, Ñemby, San Antonio, San Lorenzo, Villa Elisa, Villeta, Ypacaraí y Ypané.

El Código Electoral establece como plazo para el retiro de esta propaganda electoral hasta dos días antes del día de las elecciones internas, es decir, que debía haber sido retirada el día 15 de diciembre pasado.

Intimación a los diez y nueve distritos de Central para retirar propaganda electoral.
Intimación a los diez y nueve distritos de Central para retirar propaganda electoral.

El juez electoral explicó en comunicación con ABC que al no haber cumplimiento de los partidos, cada municipio debe encargarse del retiro de esta cartelería y trasladar el costo de los trabajos a los partidos. Como esta tarea no fue cumplida, es el juzgado electoral el responsable de esta intimación a los municipios.

Si bien las resoluciones tienen fecha del 5 de enero, están siendo notificadas desde el lunes 9 de este mes y el plazo corre desde el momento en que son recibidas por los municipios.

Propaganda electoral para generales desde febrero

El juez electoral recordó además que para las elecciones generales de abril próximo, se puede realizar propaganda electoral desde el 27 de febrero hasta el 27 de abril, atendiendo que el Código Electoral establece un periodo más amplio de dos meses corridos hasta dos días antes del día de las elecciones, previstas para el 30 de abril.

En caso de que estos municipios no cumplan con el plazo establecido por el juzgado electoral, las autoridades son pasibles de una denuncia penal por desacato.

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