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Actualmente suman cerca de 30 los hábeas data promovidos por ciudadanos que fueron afiliados sin su consentimiento a la Asociación Nacional Republicana, con una sentencia favorable a los afectados.
“Solamente dos están pendientes de resolución de la Corte, y todas las demás fueron resueltas de manera favorable a los ciudadanos afectados, tenemos un cien por ciento de casos en los que se ordena la exclusión y supresión de los datos de los afectados de cualquier registros de la ANR”, explicó el abogado Gerardo Paciello, uno de los principales promotores.
En el caso más reciente, el juez Yoan Paul López, del juzgado penal de garantías número 11 de Asunción, rechazó el hábeas data, transcribiendo los argumentos que habían utilizado José Agustín Delmás Aguiar y Eusebio Julian Lopez Aquino, asegurando que es una acción subsidiaria, debiendose agotar los trámites administrativos previos, o tiene que haber una negativa por parte de la ANR a proceder con el proceso de desafiliación, relató Paciello.
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Sin embargo, se apeló la decisión del juez y la primera sala, integrada por Gustavo Santander, Gustavo Ocampos, y Ana Vera Aldana, el preopinante indicó que recurrir al trámite de desafiliación sería un consentimiento del acto viciado, cosa que no corresponde.
“Yoan Paul López se extralimitó en sus funciones, y pretendió interpretar el artículo 135 de la constitución de una manera que ni siquiera surge del texto del artículo. La interpretación de la Constitución es facultad exclusiva de la Corte. Los jueves no están facultados para hacerlo”, sentenció el abogado.