Peña dilata decisión sobre la muerte o no de ley de conflicto de intereses

El presidente Santiago Peña dilata su decisión sobre la versión bastardeada del proyecto que modifica la ley que castiga casos de conflicto de intereses o “puertas giratorias” en la función pública. Hasta ahora el mandatario se mantiene en silencio. Varias organizaciones y legisladores pidieron el veto.

Santiago Peña dilata su decisión sobre la versión bastardeada de la ley que castiga casos de conflicto de intereses  o “puertas giratorias” en la función pública.
Santiago Peña dilata su decisión sobre la versión bastardeada de la ley que castiga casos de conflicto de intereses o “puertas giratorias” en la función pública.Gentileza

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El presidente de la República, Santiago Peña, no decide aún si veta o promulga la cuestionada normativa que modifica artículos de la Ley N° 7.089/2023 Que establece el régimen de prevención, corrección y sanción de conflictos de intereses en la función pública”.

El proyecto de ley sancionado elimina toda obligación de declarar nexos familiares que potencialmente puedan estar vinculados a negociados y también garantiza la impunidad cuando haya incumplimiento de la ley (ver infografía).

El pasado 13 de diciembre de 2023 la Cámara de Senadores se ratificó en su versión (la más nefasta) y sancionó un proyecto de modificación y derogación de 22 artículos de la actual Ley de N° 7089/2023 “Que Establece el Régimen de Prevención, Corrección y Sanción de Conflictos de Intereses en la Función Pública”. La normativa afecta directamente a este Gobierno, no solo por el hecho de que el presidente Peña es el principal ejemplo de “puerta giratoria”, como otros ministros de su Gabinete, sino por los casos que ahora saltan de familiares colgados de cargos públicos.

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El artículo 205 de la Constitución Nacional, “de la Promulgación automática”, establece los plazos que posee el Ejecutivo para pronunciarse, antes de que se dé por asumido el visto bueno a un proyecto de ley proveniente del Congreso.

En este caso, el proyecto de modificación consta de la revisión de 18 artículos y la derogación de otros cuatro (todo el capítulo relacionado a puertas giratorias), por lo que a partir de la recepción del proyecto en Palacio de López, Peña tiene 20 días hábiles para expedirse. Es decir, promulgación o veto.

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La Contraloría General de la República (CGR) emitió el jueves pasado un comunicado en el que informa que amplía hasta el 30 de abril el plazo para presentar declaraciones juradas de intereses.

El ente contralor aclaró que el calendario aprobado no resulta aplicable a los funcionarios públicos que toman posesión del cargo o que cesen en el mismo.

Varias voces pidieron el veto de la ley

Un grupo de 19 organizaciones de la sociedad civil, mediante un manifiesto público, señalaron la semana pasada que mutilar la ley N° 7089, que establece el régimen de prevención, corrección y sanción de conflictos de intereses en la función pública es promover corrupción. Firmaron el manifiesto: Ceamso, Semillas para la Democracia, Fundación Libre, CEJ, Fedem Py, Alter Vida, CIRD, Aimepa, CIIS, Fundación Libre, entre otras.

Como defensores de la democracia, el Estado de derecho y una gestión pública íntegra en Paraguay nos dirigimos a la opinión pública con profunda preocupación ante la decisión de las Cámaras del Congreso de empañar el combate y prevención a la corrupción, al sancionar en fecha 13 de diciembre una nueva ley que modifica la ley anterior y cercena el espíritu de la misma, cual es la prevención de la corrupción en los asuntos públicos en lo que hace al conflicto de interés”, señala y piden el veto.

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También alzaron su voz, la senadora Kattya González y el diputado Raúl Benítez, del Partido Encuentro Nacional (PEN), quienes anunciaron que solicitarán por nota el veto de la normativa que modifica artículos de la Ley N° 7.089/2023 “Que establece el régimen de prevención, corrección y sanción de conflictos de intereses en la función pública”. González dijo que las modificaciones y derogaciones a la normativa vigente “desvirtúan absolutamente la esencia de esta ley”.

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