Confirman condena de 7 años para Justo Cárdenas

El Tribunal de Apelación, Cuarta Sala de la Capital, confirmó la condena de 7 años de cárcel para Justo Pastor Cárdenas, por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. Los jueces penales declararon inadmisible el recurso planteado por la defensa del extitular del Indert.

Justo Cárdenas, extitular del Indert, en una imagen captada durante su juicio.
Justo Cárdenas, extitular del Indert, en una imagen captada durante su juicio.virgilio vera

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El Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala de la Capital, declaró la inadmisibilidad del recurso de apelación especial presentado por los abogados de Justo Pastor Cárdenas, extitular del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) que fue condenado por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

Con esta resolución, los jueces penales que integraron el Tribunal confirmaron la sentencia definitiva dictada el 25 de setiembre del año pasado, mediante la cual Cárdenas fue condenado a 7 años de cárcel en un segundo juicio oral y público. En el primero fue condenado a 4 años y en el segundo la pena fue elevada.

Millonario enriquecimiento de la familia Cárdenas

En el juicio se concluyó que la familia Cárdenas se enriqueció ilícitamente por G. 4.113.282.879, ya que el extitular del Indert y sus hijos no pudieron justificar esta suma como egreso.

Al inicio del proceso, Justo Cárdenas ya había cumplido prisión preventiva, desde diciembre de 2018 hasta agosto de 2019. Posteriormente, estuvo con arresto domiciliario por un tiempo. Actualmente, se encuentra aguardando que quede firme la condena.

Los abogados tienen como última alternativa la presentación de una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia, pero aún no se ha confirmado si Cárdenas recurrirá o no a esa alternativa para seguir dilatando el cumplimiento de su condena.

En cuanto a los hijos del ex funcionario estatal, Allan Israel Cárdenas Rodríguez, María Alexandra y Justo Pastor Cárdenas Pappalardo, los jueces de sentencia concluyeron durante el juicio que no se pudo comprobar la existencia de méritos para condenarlos por lavado de dinero y ordenaron la absolución.

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