¿Dónde voto en las Elecciones Municipales?: mirá el Registro Cívico Permanente

Las máquinas de votación ya están instaladas en distintos sitios públicos.
Imagen de archivo de un hombre practicando como votar en una máquina de pruebas dispuesta por el Tribunal Superior de Justicia Electoral.gentileza

El Justicia Electoral (TSJE) habilitó la consulta del Registro Cívico Permanente (RCP) 2026, donde los ciudadanos pueden verificar su local de votación, mesa y datos padronales con miras a las próximas Elecciones Municipales 2026. Mirá dónde tenés que votar en la nota.

El padrón incluye todas las inscripciones y actualizaciones que fueron realizadas hasta el 30 de diciembre de 2025.

Cómo consultar el padrón en el RCP

Para verificar dónde te toca votar de manera rápida y sencilla:

  1. Hacé clic en el botón “Consultar mi lugar de votación”.
  2. Escribí tu número de cédula.
  3. Seleccioná tu fecha de nacimiento (día, mes y año).
  4. Hacé clic en el botón Buscar.

Documento habilitado para votar

Para ejercer el derecho al voto, el elector debe presentar el documento requerido según la normativa:

  • Documento válido: Cédula de identidad física, tanto vigente como vencida.
  • Documentos no válidos: La contraseña del trámite de cédula y la identidad electrónica no son válidas para votar.
  • Aclaración sobre el exterior: En las Elecciones Municipales no votan los residentes en el exterior (la modalidad en el extranjero con cédula física o pasaporte aplica exclusivamente para elecciones nacionales o internas/partidarias).

¿Qué se elige en las Elecciones Municipales 2026?

El domingo 4 de octubre, los electores de todo el país acudirán a las urnas para elegir a las autoridades locales que ejercerán sus funciones durante un periodo de 5 años:

  • Intendente Municipal: Encargado de la administración general del municipio.
  • Miembros de la Junta Municipal: Órgano normativo, deliberante y de control comunal.

En total, ciudadanos de 263 municipios en todo el territorio nacional elegirán a sus respectivas autoridades locales.

¿Cómo se integran las Juntas Municipales?

De acuerdo con el Artículo 24 de la Ley Orgánica Municipal Nº 3966/2010, el número de concejales varía según la categoría de cada municipio:

  • Asunción: 24 miembros titulares y 24 miembros suplentes.
  • Capitales departamentales y municipios de primer y segundo grupo: 12 miembros titulares y 12 miembros suplentes.
  • Municipios de tercer y cuarto grupo: 9 miembros titulares y 9 miembros suplentes.