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Confirman primera condena por robo de electricidad de criptominería clandestina

Este artículo tiene 3 años de antigüedad
Tras la permanente persecución a los mineros ilegales de criptoactivos, la ANDE obtuvo la primera condena a personas que roban energía eléctrica.
Tras la permanente persecución a los mineros ilegales de criptoactivos, la ANDE obtuvo la primera condena a personas que roban energía eléctrica.Gentileza

La Resolución del Tribunal de Apelación Multifuero de San Pedro del Ycuamandyyú confirmó la sentencia definitiva Nro. 26 del 16 de marzo de 2023, dictada por el Tribunal de Sentencia de San Estanislao, que condenó a Edgar Noel Saavedra Samaniego y Rodrigo Suárez Alvez a dos años de pena privativa de libertad, con suspensión de la ejecución de la condena, por el delito de sustracción de energía eléctrica de la ANDE. Determinaron que el daño patrimonial asciende a G. 3.800 millones.

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Cabe recordar que Edgar Noel Saavedra Samaniego y Rodrigo Suárez Alvez fueron condenados en marzo pasado, a dos años de cárcel, con suspensión de la ejecución de la pena en base al grado de responsabilidad. Ambos condenados habían realizado una conexión clandestina en San Estanislao (Santaní), departamento de San Pedro, a través de un enlace directo, sin medidor, de la línea de distribución de 23.000 voltios a un transformador de 1.000 kVA de potencia, que dirigía la energía de la ANDE a una “granja” que se dedicaba a la criptominería.

Para la producción de la moneda virtual, en este caso el bitcoin, la conexión era continua, durante las 24 horas, generando un consumo intensivo de electricidad, según informaron. El hecho punible de sustracción de energía eléctrica se registró en el año 2019. Asimismo, el perjuicio estimado para la ANDE, que realizó la denuncia ante la Fiscalía, fue de G. 3.800 millones.

Desde la empresa estatal de electricidad destacaron que es la primera vez que se registra una condena por la sustracción de energía eléctrica de manera ilícita.

La resolución es con suspensión de la ejecución de la condena por ser menor a cinco años, fundada en el grado de responsabilidad y la búsqueda de reinserción de los condenados a la sociedad. Según el Artículo 173, de Sustracción de energía eléctrica, del Código Penal paraguayo, la pena máxima para este tipo de hechos es de tres años.

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