Confirman ajuste del 3,5% en el impuesto inmobiliario

El Poder Ejecutivo emitió el decreto por el cual se fijan los nuevos valores fiscales inmobiliarios que servirán de base imponible para la determinación del impuesto inmobiliario. Se confirma el ajuste de 3,5% debido a la inflación.

Debido a los trámites lentos, ayer el edificio “Chalet Espinoza” de Catastro amaneció nuevamente con larga fila de personas.
Imagen de archivo de una fila de personas esperando ingresar al edificio “Chalet Espinoza” de Catastro.Archivo, ABC Color

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El Poder Ejecutivo emitió ayer el Decreto 947/2023 por el cual se fijan los nuevos valores fiscales inmobiliarios que servirán de base imponible para la determinación del Impuesto Inmobiliario y sus adicionales para el ejercicio, esto en términos de lo establecido en la Ley Nº 5513/2015, conforme a los criterios técnicos establecidos por el Servicio Nacional de Catastro (SNC) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

El ajuste realizado es de 3,5% tanto para inmuebles urbanos como rurales, según detallaron desde la cartera estatal. Esta variación surge de la inflación acumulada desde el último ajuste del año pasado hasta noviembre que dio como resultado 3,5%.

Cabe señalar que los valores fiscales constituyen la base imponible para el pago del Impuesto Inmobiliario cobrado por las distintas municipalidades. Mientras que la tasa del Impuesto Inmobiliario es del 1% del valor fiscal de la propiedad.

En base al IPC

El documento señala que se ajustarán los valores fiscales para el año 2024 por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), conforme a datos del Banco Central del Paraguay (BCP), que en el período de los doce meses anteriores al 1 de noviembre de 2023 alcanza 3,5% y un reordenamiento de los valores fiscales para la zona rural del país, de acuerdo con criterios establecidos en la Ley N° 5513/2015.

En tal sentido, se aprueban los valores fiscales expresados en guaraníes teniendo en cuenta el criterio de la mencionada ley, la cual establece el cálculo por metro cuadrado para inmuebles urbanos, mientras que por hectárea para inmuebles rurales.

Cualquier ciudadano interesado en conocer el monto del Impuesto Inmobiliario que debe abonar a su Municipalidad, puede hacerlo ingresando a la página web de la entidad (www.catastro.gov.py), apartado municipios / liquidación de Impuestos Inmobiliarios, seleccionando el Departamento, el distrito y la nomenclatura catastral de su propiedad, detallaron desde el ente.

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