Atención contribuyentes: DNIT traslada vencimientos de Navidad al lunes 29

La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) dio a conocer la Res. Gral.  Nº 36 del día 11 último, por la cual  establece medidas administrativas para fideicomisos de garantía.
Atención a contribuyentes en una oficina de la DNIT.GENTILEZA

La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) informó que los vencimientos para la presentación de declaraciones juradas del 25 y 26 de diciembre se postergan hasta el próximo lunes. La medida busca facilitar el cumplimiento tributario ante los feriados de fin de año.

Con motivo del feriado nacional del jueves 25 de diciembre y el feriado vigente para el viernes 26, la administración tributaria dispuso el desplazamiento de los plazos originalmente establecidos para esas fechas. De acuerdo con la información oficial, el nuevo vencimiento se producirá el próximo lunes, 29 de diciembre.

Alcance de la medida

El traslado alcanza principalmente a los contribuyentes con terminación de RUC 9, cuyo vencimiento habitual para la presentación de declaraciones juradas determinativas —como el Impuesto al Valor Agregado (IVA)— opera el día 25 de cada mes.

Al coincidir esa fecha con el feriado nacional del jueves 25 de diciembre, el vencimiento lo desplazan al primer día hábil posterior al receso del viernes 26.

La medida comprende también a las declaraciones juradas informativas que tenían vencimiento previsto para el viernes 26 de diciembre, las cuales deberán presentarse igualmente el lunes 29.

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Cabe recordar que, según la normativa tributaria vigente, el traslado del vencimiento de la presentación conlleva automáticamente el traslado del plazo para el pago, evitando así recargos o multas.

Recomendación operativa

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Si bien el vencimiento fue unificado en una misma fecha, se recomienda a los contribuyentes y profesionales contables que no esperen hasta el último momento.

En principio, el Sistema Marangatú permanece habilitado las 24 horas, los siete días de la semana, por lo que las declaraciones juradas pueden presentarse durante los días feriados o el fin de semana previo, a fin de evitar eventuales demoras debido a picos que se producen en el día del vencimiento.